Comentario al artículo 85 de Ley General de la Administración Pública

Fecha06 Octubre 2022
AutorLuis Ortiz Zamora
SecciónLey General de la Administración Pública

COMENTARIO

La regla es que la transferencia de competencias externas, sea las que pueden afectar los derechos e intereses legítimos de los administrados, debe estar autorizada siempre por norma expresa y, además, que dicha norma debe tener igual o mayor rango al de la norma que haya creado la competencia transferida. A partir de ello se concluye sin mayor dificultad que, si se requiere norma expresa, pues las fuentes no escritas del derecho, como la práctica, los usos y la costumbre no son normas válidas para autorizar la transferencia de este tipo de competencias externas, salvo – claro está - los casos de urgencia, pues la transferencia de competencias supone una derogación de los principios de intransmisibilidad e irrenunciabilidad de las competencias públicas (art. 66 de la Ley General de la Administración Pública).


AUTOR

Luis Ortiz Zamora • Cuenta con una Maestría en Derecho Público Interno, del Programa de Doctorado en Derecho, Programa de Derecho Público Iberoamericano, por el Convenio Universidad Autónoma de Centroamérica-Universidad Carlos III de Madrid. Además, es Especialista en Derecho Administrativo, Regulación Económica y Servicios Públicos por la Universidad de Salamanca, España. Cuenta con diplomados en Regulación y Competencia, por la Universidad de Valladolid, España, en Regulación Económica, por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, México, y en Administración de Negocios para Abogados por INCAE Business School. También se titula en el Course on Regulation por London School of Economics, Inglaterra y es árbitro de Derecho certificado por el Centro Latinoamericano de Arbitraje Empresarial (CLAE) y la Universidad para la Cooperación Internacional (UCI) Se desempeña como Socio del área de Derecho Público, Contratación Pública y Regulación Económica en BLP Legal, es Presidente de la Asociación Iberoamericana de Estudios de Regulación (ASIER) y miembro del Jurado de las Pruebas de Grado de la Maestría en Derecho Público de la Universidad Autónoma de Centroamérica Ha sido docente por dieciséis años impartiendo cursos como Derecho Constitucional 1 y 2, de Licenciatura en la Universidad Escuela Libre de Derecho. También Derecho Administrativo y Regulación, como profesor invitado Doctorado en Derecho de la Universidad Escuela Libre de Derecho y ha impartido el curso de Regulación y Competencia en la Universidad de Valladolid,...

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