COMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS JUNTA DIRECTIVA

Fecha de publicación08 Enero 2015
Número de registroIN2014087541
EmisorPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

COMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN DE

RIESGOS Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS

JUNTA DIRECTIVA

Se acuerda: Acuerdo Nº 236-09-2014.

Enmienda Reglamento de Proveeduría

Aprobado según acuerdo JD CNE N° 183-07-14.

1.La Junta Directiva, conoce y aprueba según la presentación del Lic. Rafael Ángel Fonseca Carmona - Director Ejecutivo de la CNE, la enmienda al Reglamento de Proveeduría aprobado según Acuerdo JD CNE N° 183-07-14, según oficios N° DE-SEG-OF-260-2014 y PI-OF-3073-2014, de la siguiente manera:

a.Modificar artículo 9 para que se lea de la siguiente forma:

Artículo 9º—Estructura organizativa básica de la Proveeduría Institucional. La Proveeduría Institucional deberá contar con un Proveedor Institucional, quien ejercerá las funciones de Jefatura, cuyo nombramiento se hará conforme a los requisitos, normas y procedimientos establecidos en el Régimen del Servicio Civil. Este funcionario depende jerárquicamente de la Dirección de Gestión Administrativa.

Tendrá como mínimo las siguientes actividades:

a)Contrataciones.

b)Garantías.

c)Normalización y Control.

d)Control de Activos.

b.Eliminar el artículo 15 que indica:

Artículo 15.—Proceso de Logística. Estructura. Este proceso tendrá a cargo la siguiente actividad: - Almacenamiento y distribución.

Modificar el artículo 34 inciso j)

j)En casos muy excepcionales, cuando se requiera la contratación de maquinaria, de manera inmediata a la ocurrencia del hecho generador de la emergencia, para salvaguardar la vida, la salud y seguridad de éstos, el Director Ejecutivo, el Presidente de la Comisión, el Director de Gestión de Riesgo, el Jefe de Operaciones o los Oficiales de Enlace con el...

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