COMPRA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS - PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ (IN2019318343)

Número de registroIN2019318343
Fecha de publicación04 Marzo 2019

Expediente Nº ODP-Comandos de Seguridad Delta S. A.-08-2018.—Procedimiento ordinario de responsabilidad contractual.—Órgano Director Comandos de Seguridad Delta S. A.

Banco Nacional de Costa Rica.—Órgano Director de Procedimiento.—San José, a las diez horas del cuatro de diciembre del dos mil dieciocho.

En atención a lo solicitado mediante artículo 5º de la sesión ordinaria Nº 1437-2018, celebrada por el Comité de Licitaciones el 14 de mayo del 2018, se conforma Órgano Director de procedimiento a los suscritos Arturo Gutiérrez Ballard y Laura Barboza Barquero, ubicados en la Dirección Jurídica del Banco Nacional de Costa Rica, quienes mediante acto formal procedieron a aceptar y juramentar dicho nombramiento, por lo cual se le informa del presente traslado de cargos al señor Víctor Hugo Villalobos Portillo, cédula de residencia Nº 148400131426, en su calidad de apoderado general sin límite de suma de la empresa: Comandos de Seguridad Delta Sociedad Anónima, en adelante contratista, cédula jurídica Nº 3-101-125925, o quien funja como representante o curador procesal, para la fecha bajo estudio y la apertura del presente procedimiento administrativo ordinario por cobro de daños y perjuicios producto de un supuesto incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones contractuales con el Banco Nacional, según el contrato Nº 203-2014, derivadas de la Contratación Nº 2013LN-000002-01 promovida para la “Contratación de servicios de seguridad, vigilancia y monitoreo de sistemas de seguridad electrónica, sistemas de alarmas y CCTV para sucursales, agencias, oficinas y sociedades anónimas del Banco Nacional de Costa Rica”, tramitado bajo el expediente Nº ODP-Comandos de Seguridad Delta S. A.-08-2018.

Del análisis de este caso y del expediente administrativo se desprenden los siguientes hechos:

HECHOS

1º—Que mediante Contrato Nº 203-2014 el Banco Nacional de Costa Rica formaliza la contratación con a la empresa Comandos de Seguridad Delta Sociedad Anónima, para que le brinde los “Servicios de seguridad y vigilancia para sucursales, agencias y oficinas del Banco Nacional en la Zona Occidental, ítem 3”. (Folios 134 a 201 del expediente administrativo).

2º—Que el 08 de febrero del 2017, se presentó un asalto en la Agencia del Banco Nacional ubicada en la Subasta Ganadera de Guatuso, lo sustraído fue la suma de ¢16.222.189,62, y $200,00, así como 40 fórmulas de cheques pagados del BNCR y 01 fórmula de cheque pagada del BCR y por el cual, la Agencia de Guatuso, tiene registrada en la cuenta contable 147-99-88-03-001-85-39-13-070601-000 Asaltos y robos en general, el monto total de ¢16.335.389,62. Al revisarse el video del asalto, se logra observar que el guarda asignado por la empresa Comandos de Seguridad Delta S. A. no estaba brindado los servicios contratados de la forma esperada, ni con la calidad, diligencia y atención debida, las cuales pudieren haber evitado el hecho. (Ver video de prueba y fotografías visibles a folios 266 y 267 del expediente administrativo).

3º—Que dicha situación se comunicó el 01 de marzo del 2017, al señor David Hernández Mora, Director de Seguridad, de Comandos de Seguridad Delta, solicitando el reintegro del dinero y mediante correo electrónico del 02 de marzo del 2017 emitido por el Lic. Víctor H. Villalobos, representante legal del contratista, se confirma la solicitud y manifiesta que realizará las gestiones correspondientes para activar las pólizas que tienen para esos efectos.

4º—Que le 22 de diciembre del 2017 el Lic. Rolando González Camacho, jefe Administrativo de la Dirección de Seguridad, hace un recordatorio al Licenciado Villalobos del reintegro del asalto y se recibe respuesta el 31 de enero del 2018 del Lic. Daniel Tencio, Gerente legal del Contratista, indicando que el reclamo fue rechazado por la aseguradora, según el oficio OSV-2018-0282 del 15 de marzo del 2018, suscrito por el señor Eduardo Brenes Garro, Coordinador de Caución de Oceánica de Seguros S. A. y no han presentado ninguna propuesta de pago, motivo por el cual se le solicitó a la Dirección Jurídica el nombramiento de dos (2) profesionales en la conformación del respectivo Órgano Director de Procedimiento. (Folio 275 del expediente administrativo).

5º—Que mediante oficio DJ/974-2018 se nombra a los funcionarios Laura Barboza y Arturo Gutiérrez Ballard, como miembros del presente órgano director de procedimiento. (Folio 282 del expediente administrativo).

6º—Que mediante el oficio número GC-0103-2018 del 20 de marzo del 2018, la Licda. Cinthya Calderón Padilla, Jefa de Gestión de Contratos, solicita al Comité de Licitaciones proceder con el nombramiento del órgano director de procedimiento. (Folios 283 y 284 del expediente administrativo).

7º—Que mediante artículo 07 de la sesión extraordinaria Nº 1414-2018 celebrada por el Comité de Licitaciones el 27 de marzo se nombra órgano director para la apertura del procedimiento ordinario contra la empresa Comandos de Seguridad Delta S. A. (Folio 309 del expediente administrativo).

8º—Que mediante oficio Nº DJ/994-2018, el Órgano Director solicitó a la jefatura de Gestión de contratos, lo siguiente: (Folio 282 del expediente administrativo).

“Sobre el particular, se debe indicar que previo al envío de la documentación se requiere el nombramiento del Órgano Director de Procedimiento por parte del Comité de Licitaciones.

Una vez notificado dicho nombramiento sírvase aportar el expediente administrativo que respalda la contratación suscrita con la empresa Subasta Ganadera Guatuso. Así como un informe de ejecución contractual por parte del encargado de supervisar la contratación en donde se indique con claridad los presuntos incumplimientos o hechos a investigar, con la prueba correspondiente, en orden cronológico, foliado y certificado.

Adicionalmente, indicar si el contrato y las garantías se encuentran vigentes. En el caso de la garantía de cumplimiento, si está pronta a vencer o vencida, se debe solicitar la prórroga correspondiente.”

9º—Que mediante oficio Nº GC-114-2018 de fecha 04 de abril del presente año, la Licda. Andrea Muñoz Cerdas, de Gestión de Contratos procedieron a entregar el expediente administrativo identificado como Procedimiento administrativo ordinario en contra de la empresa Comandos de Seguridad Delta S. A., el informe de ejecución contractual, el expediente en orden cronológico y foliado y lo correspondiente a las garantías. (folio 317 del expediente administrativo).

10.—Que mediante oficio de fecha 03 de mayo del presente año, el órgano director de procedimiento solicitó al Departamento de Gestión de Contratos del Banco, indicar lo siguiente:

“1. Indicar si el procedimiento solicitado tiene por objeto la recuperación de las sumas sustraídas a la Agencia del Banco Nacional en la Subasta Ganadera de Guatuso, o si, por el contrario, se trata de un procedimiento de resolución contractual y sanción administrativa por incumplimiento. En ambas circunstancias, es necesario requerí al Comité de Licitaciones que realicé la corrección o aclaración del acuerdo de nombramiento de órgano director de procedimiento administrativo.

2. De igual forma, se solicita indicar o aclarar si se ejecutaron o se sustituyeron las garantías de cumplimiento, y si no se ha ejecutado o sustituido, indicar el motivo, considerando los artículos y 44 siguientes y concordantes del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.” (Folio 318 del expediente administrativo)

11.—Que mediante oficio Nº GC-150-2018 del 04 de mayo del 2018, la Unidad de Gestión de contratos remitió al presente órgano director las respuestas a las consultas antes indicadas, señalando lo siguiente: (Folios 320 a 322 del expediente administrativo).

“De acuerdo a la petitoria al Comité de Licitaciones realizada por medio del oficio GC-103-2018 (Anexo 1) al no contar la organización con un contrato activo, se solicitó la apertura del procedimiento ordinario respectivo con el fin de garantizar el debido proceso, pero se omitió la indicación de que el objeto de este proceso es la necesidad de la recuperación del monto sustraído a la Agencia del Banco Nacional en la Subasta Ganadera de Guatuso a título de daños y perjuicios y una posible sanción administrativa, por ende, al ser necesario la modificación del acuerdo para que se incorpore como petitoria que la gestión corresponde a lo precitado, (cobro de daños y perjuicios y sanción administrativa) realizaremos la ampliación del mismo, en la próxima sesión del Comité de Licitaciones del día 10 de mayo del 2018, dado que la orden de día de este Órgano se encuentra cerrada para esta fecha.

(…)

Me permito respetuosamente informarle que mediante el oficio GC-114-2018 del 4 de abril del 2018, específicamente en el punto 4 se indicó que lo correspondiente a la garantía se encuentra en el folio 310 al 315 de expediente identificado como: “Procedimiento administrativo ordinario en contra de la empresa Comandos de Seguridad Delta S. A.”, el cual ya se encuentra en poder de este Órgano, basados en el recibido por Magaly Alfaro Granados del 05 de abril del 2018.

Ahora bien, con el fin de ampliar lo anterior nos referimos a la garantía que respalda contrato Nº 203-2014, contratación Nº 2013LN-000002-01 denominada “Contratación de servicios de seguridad, vigilancia y monitoreo de sistemas de seguridad electrónica, sistemas de alarmas y CCTV para sucursales, agencias, oficinas y sociedades anónimas del BNCR, Ítem 3”, en el momento de la comisión del hecho que sea una carta de garantía que posteriormente venció.

La empresa contratista en ese momento presentó una causación emitida por Oceánica de Seguros, con fecha posterior al evento y en el momento de pretender ejecutarla preventivamente a la espera del resultado de este proceso, la empresa aseguradora respondió lo siguiente: “En el momento del incidente (febrero 2017) la empresa tenía vigente una garantía en custodia del Banco emitida por otra entidad que vencía el 28 de febrero del 2017, cuando la garantía se aproxima...

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