Resolución

Fecha de publicación31 Marzo 2020
Número de registroIN2020449436
EmisorMUNICIPALIDADES

COMUNICA

De conformidad con el artículo 170 de nuestra Constitución Política, artículo 4, 13 inciso c) y el 43 del Código Municipal, mismos que reconocen la autonomía Municipal y reglamentaria de cada municipio, se procede a comunicar el siguiente Reglamento, clasificado como de uso externo:

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO LIBRE MUNICIPAL PARA PRODUCTORES,

AGRÍCOLAS, AGROINDUSTRIALES, ARTESANALES}

Y SUS ORGANIZACIONES DEL CANTÓN DE TURRIALBA

CAPÍTULO I

Organización del mercado libre municipal

Artículo 1ºLa Municipalidad de Turrialba establece en el distrito Primero, un Mercado Libre Municipal para uso prioritario de Productores Agrícolas, Agroindustriales, Artesanales y sus Organizaciones del cantón de Turrialba.

Artículo 2ºEl Mercado Libre Municipal no persigue ninguna finalidad lucrativa para la Municipalidad de Turrialba, únicamente los gastos operativos para su correcto funcionamiento que puedan derivarse.

Artículo 3ºSerá finalidad esencial del Mercado Libre Municipal:

Facilitar a los Productores Agrícolas, Agroindustriales, Artesanales y sus Organizaciones, la oportunidad de ofrecer sus productos a los consumidores del mercado libre municipal.

Artículo 4ºPara poder optar por un espacio en el Mercado Libre Municipal se requiere: Preferentemente ser productor agrícola, agroindustrial, artesanal y sus organizaciones ligadas a la actividad agrícola del cantón de Turrialba, ya sea en forma individual o por medio de cooperativas, asociaciones y estar inscritos legalmente y anotado en el Registro debidamente foliado, que para tal efecto llevará la Junta Administradora.

Artículo 5ºEl Mercado Libre Municipal funciona iniciando el día viernes de 5:00 a.m. hasta las 5:00 p.m., y sábado de 6:00 a.m., hasta las 4:00 p.m., salvo en casos de excepción (días feriados) en que se habilitarán días diferentes.

Artículo 6ºSin excepción todo productor debe terminar sus actividades de venta los sábados a las 4:00 p.m. La violación del horario establecido faculta a la Junta Administradora para aplicar las sanciones correspondientes establecidas en el capítulo VII, artículo 20, siguientes y concordantes del presente reglamento.

CAPÍTULO II

Administración del mercado libre municipal

Artículo 7ºLa Administración del Mercado Libre Municipal está delegada a una Junta Administradora y un inspector del mercado. La Junta Administradora está compuesta de 6 miembros: 2 representantes de los productores elegidos en Asamblea, 2 representantes del Concejo Municipal designados por este órgano, 2 representantes de los consumidores elegidos en Asamblea de Consumidores y sus respectivos suplentes, quienes podrán asistir a las sesiones con derecho a voz, pero sin voto. Siempre respetando la equidad de género. La Junta Administradora debe reunirse al menos dos días al mes ordinariamente y de manera extraordinaria las que requieran.

Artículo 8ºLa persona que administre es designada por Junta Administradora, quienes tendrán el apoyo del Departamento de Recursos Humanos de la Municipalidad de Turrialba para constituir la terna de elegibles. El salario y las cargas sociales del inspector del mercado son pagados por la Municipalidad de Turrialba, siendo el Alcalde su superior jerárquico y superior inmediato la Junta Administradora, los recursos destinados a sufragar estos gastos serán cubiertos por las cuotas mensuales que deben pagar los vendedores. El inspector del mercado Libre Municipal será elegido conforme al Manual Descriptivo de Puestos de la Municipalidad de Turrialba y deberá cumplir con los requisitos en él establecidos. También deberá contar con póliza de Fidelidad al día.

Artículo 9ºLa Junta Administradora nombra entre sus miembros: Presidente, Vicepresidente, Secretario, 2 vocales y un Fiscal, quienes son ad honorem, por un periodo de dos años y pueden ser reelectos una única vez. El fiscal según la normativa vigente no tiene voz ni voto.

CAPÍTULO III

Competencia y atribuciones de la junta administradora

Artículo 10.—La Junta Administradora es un órgano auxiliar del Concejo Municipal con competencia y atribución para:

a) Recomienda y planifica las mejoras estructurales, sanitarias y de cualquier índole que se consideren necesarias para el adecuado funcionamiento del mercado.

b) Analiza y resuelve las solicitudes de espacio de productores Agrícolas, Agroindustriales, Artesanales y sus Organizaciones, usando como parámetros:

1. Cumplimiento de los fines y objetivos de creación del Mercado Libre Municipal.

2. Comprobación del cumplimiento de los requisitos legales y administrativos para cada caso consignadas en legislación conexa y el presente Reglamento.

3. Espacios disponibles

4. Orden preferencial determinado de acuerdo al origen del productor.

5. Velar por el cumplimiento de la ley 7600 en la asignación de espacios y en sus instalaciones. En observancia de la equidad de género e igualdad de oportunidades.

c) Impone las sanciones administrativas que procedan contra todo aquel agro productor o artesano autorizado que incumpla la legislación vigente para mercados libres contenida tanto en la Ley No. 8533, Ley 6035 y sus reformas, como en el presente Reglamento o que con sus actuaciones ponga en peligro la salud o el orden público. Para la aplicación de las sanciones, la Junta Administradora actuará respetando el debido proceso para lo cual hará las prevenciones correspondientes y dará las audiencias legales al afectado en la sanción.

d) Resuelve toda queja, consulta o sugerencia proveniente de vendedores, consumidores o ciudadanos en general.

e) Promueve seminarios o charlas sobre temas que permitan la capacitación, tanto de vendedores como consumidores, que tengan relación directa o estén vinculados con las actividades del Mercado Libre Municipal, mismos que debe ser sufragado del mismo aporte que realizan los vendedores.

f) Son responsables de velar y comunicar al Concejo Municipal por la vigencia y vencimiento de su periodo como Junta Administradora. Comunicación que debe efectuarse en un plazo de quince días hábiles anteriores al vencimiento.

g) Tener un libro de actas, debidamente foliado y ordenado cronológicamente, conteniendo cada acuerdo tomado en las sesiones que se efectúen. La apertura del mismo debe realizarse por medio de la Auditoría Municipal.

h) El libro de actas deberá ser resguardado, evitando su deterioro o pérdida. Al finalizarse el periodo de la Junta Administradora debe ser entregado a la nueva Junta. También debe llevarse un respaldo físico o digital del mismo.

i) En caso de pérdida del libro de actas, deberá comunicarse inmediatamente a la Auditoría Interna para su reposición. En caso de que la pérdida haya sido mediante la comisión de un delito, se deberá acudir a las autoridades pertinentes para su investigación. Siendo en todo momento el Secretario el responsable del mismo.

j) Velar por que el inspector del mercado cumpla con las funciones establecidas.

CAPÍTULO IV

Competencia, atribuciones, obligaciones y prohibición

del inspector del mercado libre municipal

Artículo 11.—El inspector del mercado es el único funcionario competente para realizar cobros, girar órdenes, realizar cambios de ubicación y hacer que se cumplan los fines y normativa que regulan el Mercado Libre Municipal. Siempre y cuando dichas acciones procedan de acuerdos emitidos por la Junta Administradora. Exceptuando el caso del cobro, que ya se encuentra regulado por disposición reglamentaria.

Artículo 12.—Son atribuciones y responsabilidades del inspector del mercado:

a. Recibir y canalizar las solicitudes de espacio y toda queja, denuncia o sugerencia escrito haciéndolas llegar a la Junta.

b. Visitar a agro productores y artesanos del Cantón que soliciten espacio en el Mercado Libre Municipal, con el fin de comprobar la veracidad de lo estipulado en su solicitud.

c. Hacer cumplir el orden y el presente Reglamento y ejecutar las directrices y órdenes de la Junta, solicitado el apoyo de la Fuerza Pública o de cualquier autoridad competente si fuese necesario.

d. Mostrar en todas sus actuaciones respeto para con los vendedores, compradores y usuarios del Mercado Libre Municipal en general.

e. Informar a la Junta Administradora por escrito cualquier violación al Reglamento, la salud y el orden público indicando el tipo de violación, el nombre del causante y las acciones tomadas.

f. Determinar junto con el Fiscal la secuencia y distribución de los puestos, así como la numeración correspondiente llevando un registro actualizado de las mismas.

g. Mantener un registro actualizado de los vendedores autorizados remitiendo una copia mensual de esto a la Junta Administradora.

h. Llevar bitácora de actividades económicas y estadísticas de los días del mercado libre municipal.

i. Firmar junto con el Fiscal de la Junta Administradora los carnés de acreditación a los vendedores autorizados, llevando control de la vigencia de los periodos de autorización del carné, recogiendo los ya vencidos.

j. Depositar en Tesorería de la Municipalidad, dineros recogidos y remitir copia del depósito a la Junta Administradora, a más tardar las 13 horas del primer día de ventas (viernes) y las ocho horas del día lunes hábil inmediato al segundo día de ventas (sábado).

k. Elaborar los carnés ya vencidos y entregarlos al vendedor.

l. Tener numerados los espacios.

m. El cobro que debe realizar, se debe depositar inmediatamente al finalizarlo. Esto en la cuenta que le asigne Alcaldía Municipal. Utilizando los servicios comerciales que colaboren a cumplir sus efectos. De igual forma, puede utilizar las cajas recaudadoras que posee la Municipalidad de Turrialba.

n. Velar por el estricto cumplimiento del presente reglamento y de las leyes conexas.

o. Levantar boletas en caso de infracciones cometidas por los vendedores y presentarlas ante la Junta Administradora máximo un día hábil después de realizada.

p. Elaborar un plan de trabajo anual, entregarlo a la Junta Administradora para su respectiva valoración y aprobación.

q. Efectuar reportes a la Junta Administr...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR