CONCEJO MUNICIPAL
Número de registro | IN2021519703 |
Fecha de publicación | 25 Enero 2021 |
Emisor | Régimen Municipal |
CONCEJO MUNICIPAL
La Municipalidad de Grecia informa que el Concejo Municipal en su Sesión Ordinaria del 03 de diciembre del 2020, mediante el acuerdo SEC-1093-2020, artículo IX, inciso 2, Acta 048 del 07 de diciembre del 2020 acuerda:
Acuerdo N° 27: a) dispensar del trámite de comisión la moción presentada por el regidor Andrés Stanley Ugalde. Acuerdo aprobado por unanimidad.
b) Derogar el inciso i del artículo 6 del inciso i) del artículo 6 del reglamento regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico de la municipalidad de Grecia. Acuerdo firme, definitivamente aprobado y por unanimidad.
c) Autorizar al alcalde para su publicación en el diario oficial la gaceta con la mayor celeridad del caso. Acuerdo firme, definitivamente aprobado y por unanimidad.
Del actual Reglamento de Regulación y comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico de la Municipalidad de Grecia, en el capítulo III artículo 6 inciso i, se establece la forma y los requisitos que deben cumplirse para solicitar las licencias de Licores, dentro de los cuales se encuentra la recomendación del del Concejo de Distrito; que indica:
Copia del acuerdo de recomendación del Consejo de Distrito correspondiente, de acuerdo al artículo 57 inciso d) del Código Municipal.
Como se aprecia del inciso i del artículo 6 supra citado, se fundamenta en lo establecido en el artículo 57 inciso d) del Código Municipal, el cual reza:
Artículo 57.—Los Concejos de Distrito tendrán las siguientes funciones:
a (…)
d) Emitir recomendaciones sobre permisos de patentes y fiestas comunales correspondientes a cada distrito.
La tesitura del inciso d) es clara, se trata de permisos y no licencias municipales, situación que provoca una dicotomía, entre en inciso i del artículo 6 del Reglamento y el artículo 57 inciso d) del Código Municipal.
Así las cosas, el requisito establecido en el artículo 6 inciso i) del relacionado reglamento municipal, no es competencia legal de los síndicos, solo reglamentaria, situación que no solo violenta y compromete la función de la figura del síndico, sino que además es contraria a la Ley de Simplificación de Trámites.
Por los motivos expuestos presento la siguiente moción:
a) Considerando que el requisito establecido en el artículo 6 inciso i) del Reglamento Regulación y comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico de la Municipalidad de Grecia, no es competencia de los síndicos; solicito al honorable Concejo Municipal derogar el inciso i del artículo 6 del r...
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