CONCEJO MUNICIPAL

Número de registroIN2021519703
Fecha de publicación25 Enero 2021
EmisorRégimen Municipal

CONCEJO MUNICIPAL

La Municipalidad de Grecia informa que el Concejo Municipal en su Sesión Ordinaria del 03 de diciembre del 2020, mediante el acuerdo SEC-1093-2020, artículo IX, inciso 2, Acta 048 del 07 de diciembre del 2020 acuerda:

Acuerdo N° 27: a) dispensar del trámite de comisión la moción presentada por el regidor Andrés Stanley Ugalde. Acuerdo aprobado por unanimidad.

b) Derogar el inciso i del artículo 6 del inciso i) del artículo 6 del reglamento regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico de la municipalidad de Grecia. Acuerdo firme, definitivamente aprobado y por unanimidad.

c) Autorizar al alcalde para su publicación en el diario oficial la gaceta con la mayor celeridad del caso. Acuerdo firme, definitivamente aprobado y por unanimidad.

Del actual Reglamento de Regulación y comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico de la Municipalidad de Grecia, en el capítulo III artículo 6 inciso i, se establece la forma y los requisitos que deben cumplirse para solicitar las licencias de Licores, dentro de los cuales se encuentra la recomendación del del Concejo de Distrito; que indica:

Copia del acuerdo de recomendación del Consejo de Distrito correspondiente, de acuerdo al artículo 57 inciso d) del Código Municipal.

Como se aprecia del inciso i del artículo 6 supra citado, se fundamenta en lo establecido en el artículo 57 inciso d) del Código Municipal, el cual reza:

Artículo 57.—Los Concejos de Distrito tendrán las siguientes funciones:

a (…)

d) Emitir recomendaciones sobre permisos de patentes y fiestas comunales correspondientes a cada distrito.

La tesitura del inciso d) es clara, se trata de permisos y no licencias municipales, situación que provoca una dicotomía, entre en inciso i del artículo 6 del Reglamento y el artículo 57 inciso d) del Código Municipal.

Así las cosas, el requisito establecido en el artículo 6 inciso i) del relacionado reglamento municipal, no es competencia legal de los síndicos, solo reglamentaria, situación que no solo violenta y compromete la función de la figura del síndico, sino que además es contraria a la Ley de Simplificación de Trámites.

Por los motivos expuestos presento la siguiente moción:

a) Considerando que el requisito establecido en el artículo 6 inciso i) del Reglamento Regulación y comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico de la Municipalidad de Grecia, no es competencia de los síndicos; solicito al honorable Concejo Municipal derogar el inciso i del artículo 6 del r...

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