Reglamento No. IN2015022745

Fecha de publicación24 Abril 2015
Número de registroIN2015022745
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PARAÍSO

En la sesión N° 379 del 10 de marzo del 2015, artículo 09 se aprueba el acuerdo 07, en mención el cual literalmente dice lo siguiente: se aprueba modificar el artículo 02 del Reglamento a la ley sobre regulación y comercialización de bebidas alcohólicas de la Municipalidad de Paraíso. Ley 9047, publicado en el diario oficial La Gaceta N° 114 de fecha 16 de junio del 2014, en el inciso L) Restaurantes: para que se agregue la siguiente interpretación, después de la palabra “músicos en vivo”, se diga: “se entenderá como aquello que no desarrolle actividad bailable, sin desnaturalizar el giro comercial del establecimiento: es decir, que la música que se interprete deberá dar un ambiente armónico para el consumo de alimentos, sin que dicha música se vuelva el fin primordial de las personas que visitan el lugar, por lo cual no podrá ser música con altos niveles de contaminación sónica, pues lo que se pretende es que la música cree un ambiente armonioso para que los visitantes degusten de forma tranquila y agradable sus alimentos...”

Publíquese en el diario oficial La Gaceta. Acuerdo en firme y definitivamente aprobado.

La modificación al presente reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Concejo Municipal.—Ana Rosa Ramírez Bonilla Secretaria.—Ing. Omar Chavarría Cordero, Jefe de Proveeduría.—1 vez.—(IN2015022745).

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