CONCEJO MUNICPAL

Fecha de publicación01 Agosto 2022
Número de registroIN2022664961
EmisorRégimen Municipal

CONCEJO MUNICPAL

El Concejo Municipal de Talamanca mediante sesión ordinaria N° 112 del 13 de julio de 2022, adoptó el acuerdo N° 3, que indica lo siguiente:

Moción presentada por la regidora, Enid Villanueva Vargas, secundada por Vicepresidente Municipal Freddy Soto Álvarez.

Asunto: Aprobación de la declaratoria de camino público la ampliación en 1.178 metros lineales del camino municipal código 7-04-162, Calles Urbanas y Cuadrantes de Comadre Centro del Distrito Cahuita.

Considerandos:

Que el inciso b del artículo 27 del código Municipal establece que serán facultades de los regidores, Formular mociones y proposiciones.

Que la declaratoria de una calle pública debe ser realizada por el Concejo Municipal, por así disponerlo el artículo 13 inciso p) del código Municipal, que le otorga a dicho órgano la potestad de dictar medidas de ordenamiento urbano.

Que la Junta vial de la Municipalidad de Talamanca en su sesión ordinaria N° 5 tomo el acuerdo 2, solicitar al Concejo Municipal la declaratoria como camino público la ampliación en 1.178 metros lineales con 10 metros de derecho de vía en la principal y 9 metros de ancho de derecho de vía en los ramales, mismos que finalizan en un martillo, señal de que dicha ruta no podrá ser ampliada en esos tramos, como una ampliación del camino municipal 7-04162 Calles Urbanas y Cuadrantes Comadre centro, con beneficio para 30 familias que han adquirido terrenos en dicha área, en el Distrito de Cahuita bajo las coordenadas descritas en el informe técnico.

Que el artículo 2 de la Ley General de Caminos N° 5060, estable las potestades exclusivas de las Municipalidad sobre los caminos cantonales, por lo que es competencia exclusiva de la Municipalidad la toma de decisiones sobre sus caminos.

Que el Art. 4 Ley Construcciones N° 833, estableció que las vías públicas son terrenos de dominio y uso público por decisión administrativa, se destina al libre tránsito y para facilitar la instalación de una obra o servicio público.

Que el Art. 44 Ley Planificación Urbana establece el dominio municipal sobre bienes públicos -incluidas calles que se constituyen por su uso, sin necesidad de inscripción registral, si consta en el Mapa Oficial.

Que el Decreto Ejecutivo N° 38578-MOPT, “Manual de Especificaciones Técnicas para Realizar el Inventario y Evaluación de la Red Vial Cantonal” es la norma vinculante para realizar el Inventario de la Red Vial.

Que el Decreto Ejecutivo N° 40137-MOPT, establece en el inciso d del artículo 5°, establece que una de las funciones de la Municipalidad es realizar y actualizar el inventario de la red de calles y caminos del cantón.

Que el capítulo II “Constitución, Clasificación e Inventario de la Red Vial Cantonal” establece el procedimiento y los mecanismos para la ampliación del Inventario de la Red Vial Cantonal.

Que el Plan de Gobierno 2020-2024 en el eje de infraestructura Vial establece la actualización y ampliación del Inventario de la Red Vial cantonal.

Que el tramo de camino presentado como una ampliación del camino municipal 7-04-172 Calles Urbanas y Cuadrantes de Comadre Centro, cumple con todos los requisitos básicos para declaratoria de calle pública.

Que dicha ampliación será de beneficio para 30 familias con trámite de bono de vivienda, siendo que la declaratoria e camino publico solicitado, permitirá la continuidad del trámite en la búsqueda de soluciones de vivienda.

Moción: Siendo que la ampliación solicitada del camino 7-04-162 Calles Urbanas y Cuadrantes Comadre Centro, descrito en el expediente de 18 folios cumple con todos los requisitos para ser declarado público e incorporado a la Red Vial Cantonal y que la representante Legal del proyecto Vacacional Montaña Grande por medio de autenticidad dada por el Licenciado Carlos Fernández Vásquez, carné N° 7160, mismo que da fe que la lista de personas con su respectivo número de identificación son los futuros vecinos de dicha ampliación. Se acuerda declarar como camino publico la ampliación en 1.178 metros lineales con 10 metros de derecho de vía en la principal y 9 metros de ancho de derecho de vía en los ramales, mismos que finalizan en un martillo, señal de que dicha ruta no podrá ser ampliada en esos tramos, como una ampliación del camino municipal 7-04-162 Calles Urbanas y Cuadrantes Comadre centro, con beneficio para 30 familias que tramitan...

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