Conozca cómo desinscribir vehículos en desuso con perdón de marchamos

Si tiene un vehículo que no usa desde hace muchos años pero sigue inscrito y además acumulando marchamos sin pagar, este es el momento para resolver el asunto.Eso será posible con la Ley de Condonación de las deudas acumuladas relacionadas al pago del marchamo, número 10.119, en vigor desde el 21 de enero, la cual perdonó alrededor de 800.000 marchamos pendientes anteriores al 2022.De esta forma, sin la obligación de tener que pagar esas sumas, el propietario puede acudir al Registro Nacional para desinscribir el carro a su nombre, al tratarse de un bien que no se usa. ¿Cómo hacer el trámite?Según un comunicado del Registro Nacional, para la desinscripción por desuso del vehículo, sus dueños deberán rendir una "declaración jurada" en escritura pública donde se haga constar que no le alcanzan ninguna de las excepciones que establece el artículo único de la Ley 10.119 para personas quienes no pueden recibir el beneficio de condonación. Además, la "declaración jurada" también debe consignar que el bien se desinscribe por "desuso" y no por otro motivo.Con solo esa declaración jurada será procedente la desinscripción del vehículo debiendo marchamos, incluso el del año 2022. Todos los demás requisitos ordinarios para desinscribir estos bienes se mantienen sin cambio y deberán ser cumplidos de forma regular. Así consta en la Directriz DRBM-DIR-002-2022 del Registro de Bienes Muebles que se publicó en el diario oficial La Gaceta del pasado 11 de febrero. Desligarse del bien con la desinscripción podría facilitar, por ejemplo, la obtención de préstamos, becas u otros beneficios, porque las instituciones ante las que se gestionan suelen solicitar para el análisis una declaración...

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