CONSEJO NACIONAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD REFORMA REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE TRANSFERENCIAS MONETARIAS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DESTINATARIAS DE LOS RECURSOS DE LOS PROGRAMAS POBREZA Y DISCAPACIDAD Y PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL

Fecha de publicación23 Septiembre 2021
Número de registroIN2021582066
EmisorTRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

CONSEJO NACIONAL DE PERSONAS

CON DISCAPACIDAD

REFORMA REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN

DE TRANSFERENCIAS MONETARIAS A PERSONAS

CON DISCAPACIDAD DESTINATARIAS DE LOS

RECURSOS DE LOS PROGRAMAS POBREZA

Y DISCAPACIDAD Y PROMOCIÓN

DE LA AUTONOMÍA PERSONAL

La Junta Directiva del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis) en la Sesión Ordinaria N° 19 del jueves 09 de setiembre del 2021, acordó modificar el Artículo 16 del “Reglamento para la Ejecución de Transferencias Monetarias a Personas con Discapacidad Destinatarias de los Recursos de los Programas Pobreza y Discapacidad y Promoción de la Autonomía Personal”, para que en lo sucesivo establezca:

Artículo 16.—Las personas destinatarias de los recursos del Programa Pobreza y Discapacidad, Eje de Protección, pueden recibir transferencias monetarias para los siguientes destinos de inversión:

a. (…)

q. Gastos fúnebres: Comprende los costos funerarios, de sepelio o incineración y otros gastos asociados de las personas destinatarias de los recursos del programa y se otorga por una única vez ante el fallecimiento de la persona, a fin de proveerle un acto fúnebre digno. El monto aprobado en este rubro debe ser igual o inferior al que se defina en las directrices anuales de los programas.

Heredia, 14 de setiembre del 2021.—Francisco Azofeifa Murillo, Dirección Ejecutiva.—1 vez.—( IN2021582066 ).

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