Contraloría General De La República No. IN2019370740

Número de registroIN2019370740
Fecha de publicación27 Agosto 2019
EmisorContraloría General De La República

R-DC-69-2019.—Despacho Contralor.—Contraloría General de la República.—San José, a las catorce horas del dieciocho de julio de dos mil diecinueve.

Considerando:

I.—Que conforme lo dispuesto en el artículo 183 de la Constitución Política, la Contraloría General de la República es auxiliar de la Asamblea Legislativa en la vigilancia superior de la hacienda pública, confiriéndole en el artículo 184 de ese cuerpo normativo, entre otros, el deber y la atribución de examinar, aprobar o improbar los presupuestos de las municipalidades e instituciones autónomas, así como fiscalizar la ejecución y liquidación de los presupuestos públicos.

II.—Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 4° y 8° de la Ley Orgánica, 7428, la Contraloría General ejerce su competencia de control y fiscalización sobre todos los entes y órganos, públicos y privados que integran la Hacienda Pública.

III.—Que el presupuesto es la expresión financiera del plan operativo de las instituciones y en consecuencia los sujetos pasivos deben fundamentar sus presupuestos en la planificación operativa, la cual se sustenta en la planificación de mediano y largo plazo. Lo anterior, según la normativa aplicable, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos 8131, Ley de Planificación Nacional 5525, Ley de fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones 8660, Ley General de Telecomunicaciones 8642, Ley Reguladora del Mercado de Seguros Ley 8653, Código Municipal Ley 7794, entre otras.

IV.—Que los artículos 10, 11 y 12 de la Ley 7428, designan a la Contraloría General de la República como órgano rector del Sistema de Control y Fiscalización Superiores de la Hacienda Pública, confiriéndole facultades para emitir disposiciones, normas, políticas y directrices de acatamiento obligatorio por parte de los sujetos pasivos, para el uso correcto de los fondos públicos.

V.—Que resulta necesario el desarrollo de sistemas que faciliten información oportuna y confiable sobre el comportamiento financiero del sector público nacional, como apoyo a los procesos de toma de decisiones y de evaluación de la gestión.

VI.—Que mediante la resolución R-DC-54-2010 de las ocho horas del doce de marzo de dos mil diez, publicada en el Diario Oficial La Gaceta 66 del 07 de abril de 2010, se emitieron las Directrices generales a los sujetos pasivos de la Contraloría General de la República para el adecuado registro y validación de...

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