Contraloría General De La República No. IN2020448848

Fecha de publicación27 Marzo 2020
Número de registroIN2020448848
EmisorContraloría General De La República

R-DC-16-2020.—Contraloría General de la República.—Despacho Contralor.—San José a las ocho horas del diecisiete de marzo de dos mil veinte.

Considerando:

I.—Que el artículo 179 de la Constitución Política establece que la Asamblea Legislativa no podrá aumentar los gastos presupuestos por el Poder Ejecutivo, si no es señalando los nuevos ingresos que hubieren de cubrirlos, previo informe de la Contraloría General de la República sobre la efectividad fiscal de los mismos.

II.—Que en virtud del artículo 180 de la Constitución Política, todo proyecto de modificación del presupuesto de iniciativa del Poder Ejecutivo que implique aumento o creación de gastos debe señalar los nuevos ingresos que hubieren de cubrirlos, previo informe de la Contraloría General de la República sobre la efectividad fiscal de los mismos.

III.—Que el artículo 38 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, N° 8131 de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas (LAFRPP), incluye la obligatoriedad para el Poder Ejecutivo, por medio del Ministro de Hacienda, de presentar el proyecto de Ley de presupuesto a conocimiento de la Asamblea Legislativa, adjuntando la certificación de ingresos por parte de la Contraloría General de la República y la certificación sobre la capacidad de endeudamiento del sector público por parte del Banco Central de Costa Rica.

IV.—Que el inciso b) del artículo 4° de la Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público, N° 6955 de 24 de febrero de 1984 y sus reformas, determina que el proyecto de presupuesto deberá ser remitido a la Asamblea Legislativa con inclusión de los ingresos probables debidamente certificados por la Contraloría General de la República en cuanto a su efectividad fiscal.

V.—Que el artículo 19 de la LAFRPP dispone que el marco de referencia para preparar los presupuestos del sector público estará constituido, entre otros, por la programación macroeconómica que realizará el Poder Ejecutivo, con la colaboración del Banco Central de Costa Rica y cualquier otra institución cuyo concurso se requiera para estos fines.

VI.—Que esta Contraloría General, mediante oficios DFOE-SAF-0665(18651)-2019, DFOE-SAF-0666(18653)-2019 y DFOE-SAF-0667(18655)-2019, todos de 02 de diciembre de 2019, sometió la presente normativa a consulta de la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa, del Banco Central de Costa Rica y del Ministerio de Hacienda, respectivamente, y recibió respuesta por parte del Banco Central de Costa Rica mediante oficio GER-0327-2019 de 10 de diciembre de 2019, y de la Dirección General de Presupuesto Nacional mediante oficio DGPN-0497-2019 de 20 de diciembre de 2019.

RESUELVE

I. Emitir los siguientes:

Lineamientos sobre el proceso de certificación de la efectividad

fiscal de los ingresos del Presupuesto de la República

y sus Modificaciones

1 Regulaciones generales y definiciones

1.1 Propósito de los lineamientos

El propósito de los presentes lineamientos es regular el proceso de certificación de efectividad fiscal de los ingresos del Presupuesto de la República y sus Modificaciones (incluyendo los insumos, análisis y producto de este proceso) como parte de las competencias constitucionales y legales asignadas a la Contraloría General de la República.

1.2 Certificación de efectividad fiscal

Se entenderá la Certificación de Efectividad Fiscal como el dictamen que emite la Contraloría General de la República sobre los ingresos estimados por el Ministerio de Hacienda, o sobre los que remita la Asamblea Legislativa al amparo del artículo 179 de la Constitución Política, en lo referido estrictamente a la factibilidad y razonabilidad con la cual tales ingresos pueden llegar a ser efectivos durante un ejercicio económico determinado.

1.3 Sobre la razonabilidad y la

factibilidad de las estimaciones

Una estimación es razonable si se sustenta en criterios válidos y coherentes, mientras que la factibilidad hace referencia a la posibilidad, dada la información disponible, con la cual la estimación pueda llegar a ser efectiva.

1.4 De los ingresos del presupuesto

de la República

Los ingresos a incluir en el presupuesto de la República pueden ser ciertos o probables:

Ingreso cierto: es todo aquel ingreso sobre el cual el Ministerio de Hacienda tiene certeza de su disposición efectiva en el Fondo General del Gobierno.

Ingreso probable: es todo aquel ingreso cuya certidumbre sobre su recaudación se encuentra asociada al comportamiento de variables macroeconómicas y fiscales, cambios normativos y sociales, eventos imprevisibles o al cumplimiento de normativa vigente relativa a las relaciones financieras entre el Gobierno Central y otras entidades públicas.

1.5 Ingresos certificables

Son ingresos certificables únicamente los ingresos probables previstos en el «Clasificador de los Ingresos del Sector Público» vigente, con excepción de los rubros que componen la clase denominadaFinanciamiento”, que hayan sido incluidos en la respectiva estimación del Ministerio de Hacienda o de la Asamblea Legislativa (en este último caso, según lo previsto en el artículo 179 de la Constitución Política) como producto de la iniciativa que a estos entes les otorga el marco jurídico vigente.

2 Etapas del proceso de certificación de efectividad fiscal

El proceso de certificación de la efectividad fiscal de los ingresos del Presupuesto de la República y sus Modificaciones se compone de las siguientes etapas:

2.1 Inicio

La solicitud de certificación de efectividad fiscal por parte del Ministerio de Hacienda o de la Asamblea Legislativa, según sea el caso, es el acto que inicia el proceso de certificación de la efectividad fiscal. Esta solicitud deberá venir acompañada del respectivo expediente, el cual deberá contener las estimaciones de ingresos realizadas por el solicitante, así como la documentación de respaldo y justificaciones técnicas relacionadas con dichas estimaciones.

2.2 Análisis

A efectos de valorar la razonabilidad y factibilidad de las estimaciones realizadas por el solicitante, la Contraloría General de la República recurri...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR