La Contratación Pública Ecológica (CPE): Su desarrollo en el entorno Latinoamericano

AutorDr. Ernesto Jinesta
Páginas1644-1669

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Ver nota 1

Introducción

Obviamente, la contratación pública en el entorno iberoamericano requiere de una serie de adecuaciones y modificaciones para ponerla a tono con las exigencias de la sociedad de la información y del conocimiento.

Dentro de los principales desafíos de la modernización de la contratación pública en Latinoamérica podemos, sin propósito exhaustivo, identificar los siguientes:

Primero: La necesidad de flexibilizar, desregular y simplificar los procedimientos de contratación administrativa, lo que supone, al propio tiempo, el reto de uniformarlos al máximo, lo que no siempre resulta fácil cuando no existen procesos de integración regional debidamente consolidados en ese subcontinente.

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Segundo: El requerimiento, frente al uso intensivo y extensivo de las nuevas tecnologías de la información y del conocimiento (TIC’s), de generalizar la contratación pública electrónica para eficientar y transparentar los procedimientos de contratación, la perfección, formalización, ejecución y extinción del contrato administrativo, habida cuenta del derecho de los pueblos a saber cómo se invierten los dineros públicos que pagan los contribuyentes. Al respecto son relevantes las experiencias positivas de "chilecompra"2, "panamacompra"3y "mer-link"4en el caso costarricense, en los que se ha digitalizado, integralmente, los procedimientos de contratación y demás fases de las adquisiciones públicas.

Tercero: Fomentar la divulgación, regulación e implementación efectiva de las "compras públicas sustentables" (CPS) que procuran un desarrollo sostenible, precisamente, en el entorno latinoamericano tan urgido del mismo, por las necesidades de protección del ambiente ante una explotación histórica irracional del mismo y de los grupos sociales vulnerables o en desventaja, ante una pobreza, expoliación e inequidad, también, crónicas.

De ahí, la necesidad, dentro del género de las "compras públicas sustentables" de fomentar y regular la denominadas "compras públicas sociales" que permita durante todo el circuito contractual administrativo incorporar los criterios de desarrollo, integración, justicia y solidaridad sociales. Al respecto, conviene verificar que los oferentes y proveedores adjudicados cumplan, directamente e indirectamente -en la sub-contrataciones- los derechos fundamentales de los trabajadores y trabajadoras establecidos en la respectiva Constitución, los convenios de la OIT, las convenciones y declaraciones en materia de derechos sociales, la legislación laboral protectiva de los trabajadores que aseguran condiciones de trabajo justas, dignas y equitativas la reducción de la pobreza y la vigencia de la justicia social y la solidaridad, que fomenten la prohibición de la explotación infantil y en general de la trata de personas en condiciones laborales esclavizantes, el trabajo de las mujeres en condiciones equivalentes, la contratación de personas en paro y de discapacitados, la responsabilidad social de las empresas, la preferencia en la contratación de las "Pymes" y, en general, la práctica de un "comercio justo".

De otra parte, tenemos, también, la especie de las "compras públicas ecológicas" que introducen la variable medioambiental durante todo el ciclo de formación, ejecución y extinción del contrato administrativo.

De todos estos grandes retos de modernización de la contratación pública en Iberoamérica, hemos escogido la temática de las "compras públicas

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ecológicas", por su gran sensibilidad para lograr el desarrollo sostenible de los países del sub continente.

Para efectos metodológicos y expositivos, la contribución la hemos divididos en dos grandes partes, una primera referida, en general, a las compras públicas ecológicas y una segunda que atañe a las experiencias positivas o buenas prácticas que se han dado en el entorno iberoamericano sobre "compras públicas ecológicas", para lo cual hemos tomado aquellos ordenamientos nacionales que ofrecen una regulación normativa más intensa o tupida sobre el tema.

I - Contratación Pública Ecológica (CPE)
1. - Beneficios CPE

Durante muchos años los poderes públicos han soslayado el valor medioambiental de los productos, servicios y obras que contratan, sin embargo, esto cambió con el surgimiento del concepto de "desarrollo sostenible", sea el que atiende las necesidades actuales sin sacrificar la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer las suyas (Informe Brundtland "Nuestro Futuro Común" de 1987 y Declaración de Río de Janeiro de 1992, producto de la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas sobre el Ambiente y el Desarrollo).

Anualmente, los poderes públicos gastan un significativo porcentaje del PIB en la adquisición de bienes y servicios, creando, con tal poder de compra, un vasto y complejo mercado de la contratación pública que determina, finalmente, tendencias sostenibles y responsables de producción y consumo. De ahí la necesidad de fomentar la adquisición de bienes y servicios ecológicos que fomente un mercado para los que son respetuosos con el medioambiente. Los poderes públicos, entonces, tienen un liderazgo natural en fomentar un desarrollo sustentable. Por su parte, el ambiente del planeta está sometido a serias amenazas como el cambio climático, lo gases de efecto invernadero, la lluvia ácida, contaminación, degradación de los bosques, pérdida de la biodiversidad, desertificación, sobre-explotación de los recursos marinos y de los mantos acuíferos, etc., y los poderes públicos deben garantizarlo, defenderlo y preservarlo.

La CPE, también, incentiva el desarrollo de tecnologías ambientales por parte de los proveedores de tales bienes y servicios5. Adicionalmente, genera un

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ahorro presupuestario tomando en consideración el "costo del ciclo de vida" (CCV) de un contrato administrativo o del producto (extracción materiales, materia prima utilizada en la producción o procesamiento, distribución, uso, reutilización, eliminación, disposición final o reciclaje, sea de la "cuna a la tumba") que debe ser objeto de análisis por los poderes públicos (ACV - análisis del ciclo de vida-), para no solo dejarse llevar por el precio de compra (v. gr. bienes o equipo que ahorran energía o agua o procuran su uso eficiente)6. Es preferible adquirir un bien que tenga una vida útil prolongada, que sea fácilmente reparable, "recargable" o reutilizable y reciclable, que sea energéticamente eficiente, que utilice energías renovables, etc. a un mayor costo, que otro producto que cuesta menos pero que tiene una vida útil más corta, no es susceptible de ser reparado, reutilizado o reciclado7. En definitiva "Un producto ecológico es aquel que tiene un menor impacto en el medio ambiente durante todo su ciclo de vida, que cumple la misma o mejor función que un producto no ecológico y que alcanza las mismas o mejores cuotas de calidad y de satisfacción para el usuario"8

El factor medioambiental en la contratación pública, contribuye a mejorar la relación calidad-precio al invertirse los dineros públicos con lo que se consigue, también, un rendimiento máximo del dinero de los contribuyentes. En tal sentido la ponderación de los criterios medioambientales conduce a adjudicar a la oferta económicamente más ventajosa (para la protección del ambiente) y no a la más barata9que puede dañarlo.

La utilización sostenible de los recursos naturales y de las materias primas, empleadas en la producción de un bien que debe ser proveído a los poderes públicos, utilizado en la construcción de una obra pública o la prestación de una servicio público, beneficia tanto al medioambiente como a la economía en su conjunto, creando oportunidades para las "economías ecológicas emergentes".

La variable medioambiental en la contratación pública impulsa la competitividad, la investigación, el desarrollo y la innovación de la industria en el uso de "eco-tecnologías" que reducen el impacto o huella ambiental.

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Adicionalmente, la CPE tendrá un efecto reflejo necesario en la contratación privada, en cuanto los proveedores privados participan de la cadena del suministro público, promoviendo en ese ámbito la utilización de criterios ecológicos que es lo que se ha denominado "ecologizar" la contratación privada promoviendo la utilización de materias primas, métodos de producción, envasado y etiquetado, etc. conforme a criterios de protección al medioambiente. Consecuentemente, una política pública ambiental de compras públicas ecológicas bien concebida, diseñada e implementada tiene efectos multiplicadores incalculables y de gran repercusión en la creación de una conciencia y cultura de protección y defensa del ambiente.

Lo anterior resulta congruente, con la proclamación casi generalizada del derecho humano y fundamental de carácter prestacional o social a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado y que tiene una eficacia extensiva y progresiva en un sentido vertical y horizontal, con lo que vincula no solo a los poderes públicos sino, incluso a los sujetos de Derecho privado, según la teoría de la irradiación de los derechos fundamentales al ámbito privado.

La CPE, además de beneficiar el medioambiente, mejora la imagen del poder adjudicador o...

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