Corte Interamericana establece y reafirma 6 principios en favor del periodismo

Al condenar al Estado de Costa Rica por violar la libertad de expresión de dos periodistas de La Nación, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) estableció y reafirmó importantes principios para el ejercicio del periodismo en todos los países adscritos a la Convención Americana de Derechos Humanos.De forma unánime, los jueces declararon los siguientes seis principios:Deber de constatación razonable, no exhaustiva"Esta Corte considera que existe un deber del periodista de constatar en forma razonable, aunque no necesariamente exhaustiva, los hechos que divulga", fue una de las conclusiones de los jueces.Durante el proceso ante la Corte Interamericana, el Poder Judicial y la Cancillería costarricenses justificaron la imposición de una multa de ¢5 millones a los periodistas Ronald Moya Chacón y Freddy Parrales Chaves, en un juicio que terminó en el 2007 por una nota periodística publicada un año antes.Los comunicadores consignaron un dato inexacto que les brindó el entonces ministro de Seguridad, Rogelio Ramos. El dato era que un jefe policial de San Vito de Coto Brus afrontaba una causa por una supuesta extorsión con trasiego de licores. Luego, se demostró que no encaraba una causa por ese motivo, sino por extorsión.El funcionario policial querelló a los periodistas y, en los tribunales costarricenses, ellos fueron absueltos de toda pena y responsabilidad, pero se les condenó a pagar una acción civil resarcitoria por daño inmaterial.Aunque el Estado costarricense reconoció que Moya y Parrales actuaron sin conocimiento de la imprecisión y sin malicia, alegó que la noticia causó "vergüenza y desprestigio" al funcionario.La Corte rechazó tal justificación y declaró que los comunicadores cumplieron con su deber de consultar la información con una fuente oficial y, "por tanto, no era exigible obligar a los periodistas a proceder a realizar verificaciones adicionales".Estados no pueden imponer uso de fuentesEl Estado de Costa Rica también argumentó que Moya y Parrales "no corroboraron debidamente la información publicada", al no consultar el estado de la investigación sobre el jefe policial al departamento de Prensa del Poder Judicial. Tal exigencia, según el Tribunal, fue "desproporcionada para la libertad de expresión, extremadamente restrictiva de la libertad de prensa".Los jueces enfatizaron que el Estado no les puede imponer a los periodistas el uso de fuentes específicas. "Un Juez estaría en ese caso asumiendo de manera...

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