Corte prohíbe a funcionarios dar clases durante jornada laboral

El Consejo Superior del Poder Judicial prohibió a sus funcionarios impartir lecciones dentro de la jornada laboral, en cualquier universidad, a partir de este año.Así se acordó desde el 20 de agosto del 2013, cuando se dispuso no conceder más permisos para dar clases porque, según indicaron los miembros del Consejo, impartir lecciones 'no es un derecho' sino una 'concesión potestativa del patrono'.El año pasado, por ejemplo, el Poder Judicial autorizó a unos 53 funcionarios para que se ausentaran del trabajo con el fin de que dieran clases en universidades públicas y privadas dentro de su horario laboral, según constan en las actas del Consejo Superior.Para obtener ese permiso, los trabajadores -en su mayoría jueces y fiscales- tuvieron que demostrar que llevaban al día las tareas de sus oficinas.De hecho, la Ley Orgánica del Poder Judicial y la jurisprudencia de la Sala Constitucional permiten, con permiso previo, que los funcionarios se ausenten por 10 horas semanales: cinco para lecciones y cinco en preparación, revisión de exámenes, etc.Prohibición. En la sesión de agosto pasado, los miembros del Consejo señalaron que la cantidad de autorizaciones otorgadas anualmente incide de manera directa sobre la prestación oportuna del servicio público y, en la calidad de la administración de justicia.Pese a que La Nación consultó al Poder Judicial si había un estudio que revelara el número de funcionarios que dan lecciones dentro de su jornada laboral y el impacto que implican sus ausencias en el servicio, no lo tenían.José Manuel Arroyo, vicepresidente del Poder Judicial, señaló que existe una necesidad de reglamentar y restringir el choque de horarios entre el ejercicio de la judicatura y el ejercicio docente. 'Lo que queremos es evitar abusos y que haya traslapes de horarios sin control', dijo.Por su parte, la presidenta de la Corte, Zarella Villanueva ha mantenido una posición contraria al ejercicio docente de los funcionarios judiciales.'He mantenido el criterio de no conceder. Nuestra función principal es administrar justicia, nos involucra a todos y para ello se nos remunera. Las víctimas y las personas usuarias de nuestro servicio merecen una resolución pronta a su caso concreto. Desde mi perspectiva, no puede haber ninguna circunstancia dentro de la jornada ordinaria que limite la...

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