CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA LICITACIÓN PÚBLICA N°2015LN-000025-PROV CONTRATO N° 046116 Proceso de cobro de multa Verificación y Ejecución Contractual Contra: Multinegocios Internacionales América S.A. Medio de notificación: mestrada@mutiasa.com yfallas@mutiasa.com info@mutiasa.com amadrigal@mutiasa.com ialfaro@mutiasa.com PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Fecha de publicación15 Octubre 2019
Número de registroIN2019393217
EmisorPODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA N°2015LN-000025-PROV

CONTRATO N° 046116

Proceso de cobro de multa

Verificación y Ejecución Contractual

Contra: Multinegocios Internacionales América S.A.

Medio de notificación: mestrada@mutiasa.com

yfallas@mutiasa.com info@mutiasa.com

amadrigal@mutiasa.com

ialfaro@mutiasa.com

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Resolución N° 142-VEC-2019.—Departamento de Proveeduría, Poder Judicial.—San José, a las ocho horas con once minutos del cinco de abril del dos mil diecinueve.

I.—Mediante procedimiento de Licitación Pública N° 2015LN-000025-PROV, el Poder Judicial procuró la contratación de los servicios de limpieza integral para los circuitos judiciales del país bajo la modalidad de entrega según demanda. Una vez adjudicados, se suscribió con la empresa Multinegocios Internacionales América S.A., cédula jurídica N° 3101-098063, representada por el señor Adrián Madrigal Cerdas, cédula de identidad N° 10782-0640, en su condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo, el contrato N° 046116, aprobado internamente por la Dirección Jurídica el 20 de mayo de 2016. II.—Posteriormente, con oficio N° 3974-DP/01-2016 del 24 de junio de 2016, notificado ese mismo día, Verificación y Ejecución Contractual dio orden de inicio general del contrato N° 046116 y el 04 de julio de ese año, se notificó el oficio N° 4040DP/012016, mediante el cual se brinda la orden de inicio específica de varios despachos judiciales del país, a fin de que el servicio adjudicado a la empresa Multinegocios Internacionales de América S. A., iniciara a partir del 12 de ese mes. III.—Durante la ejecución del contrato, distintas oficinas usuarias del servicio informaron a Verificación y Ejecución Contractual que éste no se brinda conforme los términos contractualmente pactados, pues tienen frecuentes problemas, con la falta de suministros de limpieza, ausencia y llegadas tardías de personal, poca o nula capacidad de la empresa adjudicada para sustituir a esas personas según lo establecido contractualmente. Así como una ejecución defectuosa en las labores de limpieza, al no apegarse a la rutina de trabajo establecida en el pliego de condiciones. Tales situaciones se desarrollan a continuación: Caso 1) Mediante correo electrónico de fecha 26 de julio de 2016, la MBA Pilar Obando Masís, Administradora Regional de Cartago, informa a este despacho, que aún están pendientes los materiales y el cepillo eléctrico para el Juzgado Penal de la Unión y por otro lado, el servicio de limpieza para la Oficina de Atención y Protección a la Victima, no se está brindando con el personal requerido, debido a lo anterior, Verificación y Ejecución Contractual previene a la empresa mediante oficio N°4669-DP/01-2016, notificado por fax, el 05 de agosto de 2016, donde señala que la orden de inicio específica, para el despacho en mención fue notificado a la contratista con oficio N°4040-DP/01-2016, el 04 de julio de 2016, detallando claramente el lugar, cantidad de personas y horario, a fin de que el servicio de limpieza se brinde sin contratiempo alguno, además les insta para que de forma inmediata se tomen las medidas correctivas necesarias, a fin de que el servicio de limpieza se brinde conforme lo pactado. La empresa contesta a este despacho por correo electrónico el 11 de agosto de 2016, con nota 01-046116-ME-PJ, externando las disculpas por no brindar el servicio en la Oficina de Atención y Protección a Victimas, indicando que debido a una confusión no se prestaba el servicio con el personal requerido, pero que el mismo ya fue normalizado. (10 días de incumplimiento, visible a folios del 02 al 08 del legajo del proceso). Caso 2) Mediante correo electrónico del 08 de agosto de 2016, la MBA. Pilar Obando Masís, Administradora Regional de Cartago, informa a este despacho que el viernes 05 de agosto de 2016, se presentó un servidor de la empresa por sustitución de otro de forma tardía hasta las 9:00 a.m., por otro lado, el 08 de agosto de 2016, no se presentó a trabajar un empleado y no hay persona que lo sustituya. (2 días de incumplimiento, visible a folio 09 del legajo del proceso). Caso 3) Con correo electrónico de fecha 18 de agosto de 2016, la señora Pilar Obando Masís, de la Administración de Cartago, pone en conocimiento a este despacho, lo indicado por la empresa, mediante correo electrónico de ese mismo día, donde la señora Ericka Chinchilla Valverde de la empresa Mutiasa S.A. informa a esa administración que ese día recibió la renuncia de la servidora que cubría el horario de 12:md a 9:pm, en ese edificio y que por el momento no se cuenta con personal para poder cubrir ese faltante. Por su parte, la administración señala a la empresa su responsabilidad de contar con el personal suplente para cubrir las ausencias de personal y de esa forma no afectar el servicio que se brinda a las oficinas, además se les solicita el listado de elegibles para Cartago y su Periferia, siendo que se ha solicitado el listado de suplentes y lo recibido fue una lista con los nombres sin la documentación respectiva. El 23 de agosto de 2016, Verificación y Ejecución Contractual pregunta a la Administración, si la empresa remitió la documentación solicitada, para lo que la misma mediante correo electrónico de fecha 25 de agosto de 2016, responde que la contratista entregó lo solicitado. (6 días de incumplimiento, visible a folios del 10 al 19 del legajo del proceso). Caso 4) La señora Hellen Ballestero Muñoz, Coordinadora del Area Administrativa de Atención y Protección a Victimas, informa a este despacho mediante correo electrónico de fecha 30 de agosto de 2016, sobre las ausencias reportadas en el PISAV La Unión, a saber, las siguientes: el 16 de agosto de 2016, la persona encargada de limpieza en el horario de 8 horas diarias se ausentó y hasta las 11:00 horas, fue sustituida. El 29 de agosto de 2016, la persona encargada de limpieza en el horario de 4 horas, se ausentó y el personal sustituto, se presentó hasta las 09:00 horas, y el 30 de agosto de 2016, se ausentó la encargada de la limpieza en el horario de 4 horas y fue sustituida hasta las 9:05 am. (3 días de incumplimiento, visible a folios del 20 al 22 del legajo del proceso). Caso 5) Johan Vallecillo Canales, de la Unidad Administrativa del Ministerio Público, pone en conocimiento a Verificación y Ejecución Contractual, mediante correo electrónico de fecha de 25 agosto de 2016, que el servicio para la Fiscalía de Asuntos Indígenas, Fiscalía de Impugnaciones y Fiscalía de Ejecución de la Pena, con horario de lunes a viernes de las 07:30 a las 12:00 horas, no se ha estado brindando los martes y jueves. Verificación y Ejecución Contractual, contesta a la Administración que la orden de inicio para este servicio fue comunicado a la contratista, con oficio N°4040-DP/01-2016, con fecha de inicio 12 de julio de 2016. La señora Marieta Araujo, de la empresa Mutiasa, mediante correo del 30 de agosto de 2016, solicita a la Master María Gamboa Aguilar, jefa de Verificación y Ejecución Contractual, reponer las horas del servicio que no se brindó en su totalidad en esas oficinas desde el 12 de julio al 26 de agosto de 2016, para lo que este despacho no las autoriza, considerando que es demasiado tiempo y no es posible la reposición. (13 días de incumplimiento, visible a folios del 23 al 25 del legajo del proceso). Caso 6) Con correo de fecha 16 de setiembre de 2016, la señora Jessica Masís, de la empresa MUTIASA S.A., solicita a la Administración de Cartago, que se indique por qué la miscelánea que realizaría funciones en el PISAV de La Unión, en sustitución no pudo ingresar, a lo que la señora Obando Masís manifiesta, mediante correo electrónico de fecha 16 de setiembre de 2016, que según la lista de suplentes brindada por la empresa, la persona propuesta para esta sustitución no se encuentra en la misma. (1 día de incumplimiento, visible a folios 26 y 27 del legajo del proceso). Caso 7) La señora Hellen Ballestero Muñoz, de la Oficina de Atención y Protección a la Victima, con correo electrónico de fecha 16 de setiembre de 2016, informa a la empresa, sobre la ausencia de la persona destacada en el PISAV de la Unión, para las labores de limpieza. El 19 de setiembre de 2016, la señora Ballestero Muñoz, con correo electrónico comunica a este despacho que la persona que se presentó ese día, para la sustitución, no se encontraba en la lista de personal aprobado, por lo que ese día no se brindó el servicio. (1 día hábil de incumplimiento, visible a folios 28 y 29 del legajo del proceso). Caso 8) La Administración del II Circuito Judicial de San José, mediante oficio N°1096-ADM-2016, informa a la empresa, el detalle de la asistencia de personal de limpieza destacado en esos Tribunales, en el mismo se evidencian llegadas tardías los días 1, 3, 8, 10, 22 y 26 de agosto de 2016. (6 días de incumplimiento, visible a folios del 30 al 34 del legajo del proceso). Caso 9) Mediante correo electrónico de fecha 17 de agosto de 2016, el señor Julio César Mata Jiménez de la Administración de Golfito, informa a la empresa que el personal de limpieza se quedó sin suministros para trabajar y por ende se está limpiando solamente con agua. La empresa contesta el 17 de agosto de 2016, con correo electrónico, que ese día se procederá con la entrega de estos. Posteriormente, mediante correo electrónico del 16 de setiembre de 2016, la Administración de Golfito, reporta a la empresa que nuevamente se presenta desabastecimiento de suministros, siendo que no tienen cera, desinfectante y limpiador para muebles, además indica que el desabastecimiento ya ha sido reiterativo y solicita se proceda como corresponda. La Administración mediante correo electrónico del 20 de setiembre de 2016, informa a este despacho que se recibió el pedido general de insumos de limpieza. (2 días de incumplimiento, visible a folios del 35 al 37 del legajo del proceso). Caso 10) Con correo electrónico de...

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