Modifica al Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER) el gasto presupuestario máximo del año 2006, de 13 de Enero de 2006

EmisorPoder Ejecutivo

Nº 32895

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140, incisos 3)

y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, inciso 1), 27,

inciso 1) y 28, inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001 y su Reglamento, el Decreto Ejecutivo N° 30058-H-MP-PLAN de 19 de diciembre de 2001; la Ley N° 7800, Ley de Creación del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación y del Régimen Jurídico de Educación Física, el Deporte y la Recreación de 30 de abril de 1998 y sus reformas y el Decreto Ejecutivo Nº 32270-H de 01 de marzo de 2005 y sus reformas.

Considerando:

  1. —Que la Ley Nº 7800, Ley de Creación del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación y del Régimen Jurídico de Educación Física, el Deporte y la Recreación, publicada en el Alcance N° 20 a La Gaceta N° 103 de 29 de mayo de 1998 y sus reformas, faculta al Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER) para apoyar y estimular las acciones de organización,

    promoción y práctica individual y grupal del deporte y la recreación,

    realizadas por las entidades deportivas y recreativas gubernamentales y no gubernamentales.

  2. —Que la construcción del Estadio Nuevo de la Provincia de Limón constituye un proyecto declarado de interés público y nacional por el Sr. Presidente de la República, por lo que el Instituto ha decidido apoyar dicha construcción.

  3. —Que el Instituto requiere la creación de un Albergue Deportivo, el cual permitirá

    contar con un espacio que concentre a los deportistas de selecciones nacionales en todas las disciplinas deportivas de alto rendimiento, para su participación en eventos internacionales; la creación de este Albergue beneficiaría a las organizaciones deportivas, toda vez que no tendrían que gastar altas sumas de hospedaje en estas concentraciones.

  4. —Que el Instituto requiere remodelar los camerinos y servicios sanitarios del Estadio Nacional. Asimismo, realizar mejoras en la pista de atletismo de este Estadio.

  5. —Que el ICODER requiere apoyar la construcción de obras comunales en la provincia de Cartago y el cantón de Pérez Zeledón.

  6. Que la entidad para atender los gastos extraordinarios indicados en los considerandos 2, 3, 4 y 5, incorporará los recursos provenientes del Superávit...

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