Modifica al Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER) el gasto presupuestario máximo del año 2006, de 13 de Enero de 2006
Emisor | Poder Ejecutivo |
Nº 32895
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140, incisos 3)
y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, inciso 1), 27,
inciso 1) y 28, inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001 y su Reglamento, el Decreto Ejecutivo N° 30058-H-MP-PLAN de 19 de diciembre de 2001; la Ley N° 7800, Ley de Creación del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación y del Régimen Jurídico de Educación Física, el Deporte y la Recreación de 30 de abril de 1998 y sus reformas y el Decreto Ejecutivo Nº 32270-H de 01 de marzo de 2005 y sus reformas.
Considerando:
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Que la Ley Nº 7800, Ley de Creación del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación y del Régimen Jurídico de Educación Física, el Deporte y la Recreación, publicada en el Alcance N° 20 a La Gaceta N° 103 de 29 de mayo de 1998 y sus reformas, faculta al Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER) para apoyar y estimular las acciones de organización,
promoción y práctica individual y grupal del deporte y la recreación,
realizadas por las entidades deportivas y recreativas gubernamentales y no gubernamentales.
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Que la construcción del Estadio Nuevo de la Provincia de Limón constituye un proyecto declarado de interés público y nacional por el Sr. Presidente de la República, por lo que el Instituto ha decidido apoyar dicha construcción.
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Que el Instituto requiere la creación de un Albergue Deportivo, el cual permitirá
contar con un espacio que concentre a los deportistas de selecciones nacionales en todas las disciplinas deportivas de alto rendimiento, para su participación en eventos internacionales; la creación de este Albergue beneficiaría a las organizaciones deportivas, toda vez que no tendrían que gastar altas sumas de hospedaje en estas concentraciones.
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Que el Instituto requiere remodelar los camerinos y servicios sanitarios del Estadio Nacional. Asimismo, realizar mejoras en la pista de atletismo de este Estadio.
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Que el ICODER requiere apoyar la construcción de obras comunales en la provincia de Cartago y el cantón de Pérez Zeledón.
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Que la entidad para atender los gastos extraordinarios indicados en los considerandos 2, 3, 4 y 5, incorporará los recursos provenientes del Superávit...
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