Reforma al reglamento general a la Ley de creación del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER) y del Régimen Jurídico de la Educación Física, el Deporte y la Recreación, de 23 de Febrero de 2004

EmisorPoder Ejecutivo

31738-MCJD LA PRIMERA VICEPRESIDENTA EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

En ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política; 27 y 28 2b) de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 ÓLey General de la Administración Pública”; y 107 de la Ley Nº 7800 del 30 de abril de 1998 ÓLey de Creación del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación y del Régimen Jurídico de la Educación Física, el Deporte y la Recreación”.

Considerando:

  1. —Que es de primordial importancia estimular el desarrollo integral de todos los sectores de la población por medio del deporte y la recreación.

  2. —Que parte muy importante del ejercicio del deporte lo constituyen las selecciones nacionales y demás delegaciones que representen a Costa Rica en las competencias deportivas internacionales.

  3. —Que la Ley de Creación del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación y del Régimen Jurídico de la Educación Física, el Deporte y la Recreación (Nº 7800 del 30 de abril de 1998), en sus artículos 36 y 37 garantiza a los funcionarios públicos que sean convocados a una selección nacional o para representar a Costa Rica en una competencia deportiva internacional, los permisos necesarios para entrenar, desplazarse y permanecer en concentración, siempre que no excedan de noventa días naturales en el lapso de un año, sin que dichos permisos afecten la continuidad de la relación de empleo.

  4. —Que no obstante lo anterior, la Ley no indica expresamente si dichos permisos deben ser otorgados con goce de salario o no.

  5. Que dejar abierta la oportunidad de que las entidades...

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