Criterio Jurídico Nº PJD-SGS-016-2013 Superintendencia General de Seguros, 2013
Número de acuerdo | PJD-SGS-016-2013 |
Fecha de publicación | 30 Septiembre 2013 |
Año | 2013 |
Número de Criterio Jurídico | PJD-SGS-016-2013 |
Fecha | 30 Septiembre 2013 |
Tipo de documento | Criterio Jurídico |
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PJD-SGS-016-2013
30 de setiembre de 2013
Señor
Tomás Soley Pérez
Superintendente
Superintendencia General de Seguros
Estimado señor:
Mediante oficio sin número de referencia, fechado del 13 de setiembre de 2013 y
recibido en la Superintendencia en la misma data, la señora Lilliam Agüero Valerín,
Gerente General de Mutual Seguros Sociedad Corredora de Seguros S.A, cédula de
persona jurídica número 3-101-188895; consultó sobre el análisis del artículo 168 de
la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y creación del BANHVI (Banco
Hipotecario de la Vivienda) Ley N° 7052, concretamente en relación con la posibilidad
que otras entidades aseguradoras puedan comercializar los seguros que se generan a
través de esta Ley y lo que en el marco de la apertura de los seguros es considerado
ahora “seguro al costo”.
Asimismo, se aportó el criterio legal con motivo de la consulta, por medio del cual
concluye que sí es posible que otras entidades aseguradoras puedan comercializar los
seguros definidos en esta Ley y que, con la nueva definición de “seguros al costo” queda
aún más clara la posibilidad de incluir dentro de este tipo de seguro, la comisión del
intermediario a través del “costo de adquisición” definido para las notas técnicas. Con
motivo de dicha consulta, se procede a emitir el presente dictamen jurídico.
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