Criterio Nº 11251 (DCA-2383) de Fideicomiso 13-01 Mag-prodapen-bancredito, 27-08-2006
Fecha | 27 Agosto 2006 |
Emisor | Fideicomiso 13-01 Mag-prodapen-bancredito |
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11251
27 de agosto, 2006
DCA-2383
Señor
Gilberto Chanpertier Salazar
Presidente Fideicomiso
13-01 MAG-PRODAPEN-BANCREDITO
Apartado Postal 130-5200, Nicoya, Guanacaste
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio respecto a varias interrogantes relacionadas con el fideicomiso suscrito con fondos del Contrato de préstamo No 371-CR del Proyecto PRODAPEN.
Damos respuesta a su Oficial No CCF/004-06 de 19 de abril del año en curso, mediante el cual solicita nuestro criterio respecto a varias interrogantes relacionadas con el fideicomiso suscrito con fondos del Contrato de préstamo No. 371-CR del Proyecto PRODAPEN.
Se manifiesta en su comunicación que el fideicomiso denominado 13-FIDEICOMISO MAG-PRODAPEN-BANCREDITO se estableció con el Banco Crédito Agrícola de Cartago y fue refrendado mediante Oficio No. 13353 de 16 de noviembre del 2001.
Asimismo se indica que en consideración a lo preceptuado en la Ley No. 7659, respecto a mantener el fideicomiso seis años después de concluido el Proyecto y que los recursos fideicometidos deben continuar dirigiéndose a su clientela meta, y demás, que sus objetivos no se contraponen al objetivo general del fideicomiso MAG-PIPA/BACREDITO, se señala que ambas partes acordaron la suscripción de un oficio de entendimiento para que dichos recursos sean manejados como una subcuenta dentro del Fideicomiso de cita.
De esa manera, plantean en concreto tres interrogantes sobre la situación descrita y que trascribimos:
“
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Si el convenio de traslado de recursos entre PRODAPEN y el PIPA requiere un addendum al Contrato de Fideicomiso estableció...
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