Criterio Nº 2360 (DJ-0219) de Asamblea Legislativa, 17-02-2016

Fecha17 Febrero 2016
EmisorAsamblea Legislativa
División Jurídica
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 2360
17 de febrero del 2016
DJ- 0219-2016
Señor
Mario Delgado Umaña
Director Financiero
Asamblea Legislativa
mdelgado@asamblea.go.cr
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza solicitud de criterio por caso concreto.
Se refiere este despacho a su oficio número AL-DFIN-OFI-0007-2016 de fecha 15
de enero de 2016, recibido en esta Contraloría General el 18 de enero de 2016, mediante
el cual se consulta sí corresponde aplicar una reducción en el precio de la renta del
contrato de arrendamiento de bienes inmuebles suscrito entre la Asamblea Legislativa y el
Fondo de Inversión BCR Inmobiliario Colones.
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a
la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Concretamente, el artículo 8 de dicho reglamento contempla los requisitos
necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la
República, entre los que se citan en lo de interés:
Artículo 8ºRequisitos para la presentación de las consultas. Las consultas
que ingresen para su atención conforme al artículo 29 de la Ley No. 7428, deberán
cumplir los siguientes requisitos:
(…)

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