Criterio Nº 6582 (DFOE-DL-0488) de Municipalidad de Montes de Oca, 15-05-2018

Fecha15 Mayo 2018
EmisorMunicipalidad de Montes de Oca
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio N.° 06582
FAX N.° 2234-9180
15 de mayo, 2018
DFOE-DL-0488
Señor
Raudin Esteban Meléndez Rojas
Auditor Interno a.i.
rmelendezr@montesdeoca.go.cr
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
San José
Estimado señor:
Asunto: Emisión de criterio sobre la confidencialidad de los informes de
relación de hechos de las Auditorías Internas.
Se atiende la consulta efectuada por el Auditor Interno a.i. de la Municipalidad de
Montes de Oca, mediante el oficio N.° AUDI-1-29-2018 de 21 de marzo de 2018.
I. MOTIVO DE LA GESTIÓN
Se expone en el documento de consulta:
(…) le solicito respetuosamente su colaboración para que nos brinde un criterio
legal relacionado con el tema de la confidencialidad de los informes de relación
de hechos, y si desde el punto de vista legal, es recomendable su difusión a
terceros que no tengan relación directa con los asuntos tratados en esos
informes.
La consulta se plantea ante ese Órgano Contralor debido a que una regidora
municipal le ha solicitado a título personal a la Auditoría Interna que le traslade
unos Informes de Relación de Hechos realizados por este Despacho, con lo
cual se perdería precisamente su carácter de confidencialidad, pues ella no
tiene relación directa con los temas tratados en esos informes. Dichos estudios
fueron trasladados al órgano competente (Alcalde Municipal) para que ordene la
apertura de un procedimiento administrativo que determine la verdad real de los
hechos contra los eventuales funcionarios responsables.
Esta situación nos preocupa, debido al carácter reservado de los informes de
relación de hechos, de acuerdo al principio de confidencialidad señalado en los
artículos 6, 32 incisos e) y f), y 34 inciso e), de la Ley General de Control Interno
N° 8292.

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