Declara Patrimonio Histórico Monumento El Farallón Guanacaste, de 13 de Noviembre de 1998

27486-C EL PRESIDENTE DE

LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE CULTURA. JUVENTUD Y DEPORTES,

Con fundamento en el articulo 25.1 de

la Ley General de

la Administración Pública y la ley 7555 del 4 de octubre de 1995, publicada en "

La Gaceta " ?199 del 20 de octubre del mismo año y,

Considerando:

  1. —Que el Monumento Nacional El Farallón ubicado en Cañas, Guanacaste, posee una gran cantidad y variedad de petroglifos producto de las culturas prehispánicas asentadas en el lugar entre los primeros anos de la era cristiana hasta el 800 D.C.

  2. —Que los petroglifos, son representaciones realistas o abstractas con carácter social, símbolo de las culturas prehispánicas, por lo tanto son un marco de interpretación de la historia antigua costarricense.

  3. —Que existen pocos petroglifos a nivel nacional, grabados en farallones rocosos (ignimbrita).

  4. —Que el Monumento Nacional El Farallón posee grandes dimensiones (veinte metros de largo y siete metros de altura) con grabados de las técnicas de acanaladura,

    bajo y alto relieve.

  5. —Que por su ubicación, dimensión y variedad de grabados puede interpretarse como un lugar de carácter ritual o ceremonial de las culturas antiguas.

  6. —Que posee gran potencial de investigación científica y documentación cultural, y su puesta en valor para la visita del turismo nacional e internacional, da a conocer un ejemplo del arte rupestre de las antiguas culturas costarricenses,

  7. —Que es deber del Estado salvaguardar el Patrimonio Cultural del país. Por tanto,

    DECRETAN:

    Artículo 1°Declarar e incorporar al Patrimonio Histórico- Arquitectónico de Costa Rica, el inmueble conocido como Monumento El...

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