Decreto Nº 41612-MP

Fecha de publicación31 Julio 2019
Número de registroIN2019363493
EmisorPoder Ejecutivo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 14) de la Constitución Política.

Decretan:

Artículo 1º—Amplíese la convocatoria a sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa, realizada por el Decreto Ejecutivo 41453-MP, a fin de que se conozca el siguiente proyecto de Ley:

Expediente Modificación a los artículos 49, 53, 55, 60 y adición de un nuevo artículo 60 bis en el Capítulo IV Sobre Pesca de Atún, de la Ley 8436, Ley de Pesca y Acuicultura (Proyecto de Ley Nuevo)

Rige a partir del veinticinco de marzo de dos mil diecinueve.

Dado en la Presidencia de la República, a los veinticinco días del mes de marzo de dos mil diecinueve.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—El Ministro de la Presidencia, Rodolfo Piza Rocafort.—1 vez.—O. C. 4600018659.—Solicitud 155437.—( D41612 - IN2019363493 ).

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