Decreto Nº 43327-H

Fecha de publicación25 Enero 2022
Número de registroIN2022617458
EmisorPoder Ejecutivo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3), 18), y 146 de la Constitución Política y los artículos 25, inciso 1), 27, inciso 1), 28, inciso 1), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227 del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

I.—Que el XXXVI Congreso Panamericano de Valuación es organizado por el Instituto Costarricense de Valuación (ICOVAL) y constituye el evento más relevante en esta materia.

II.—Que en la Asamblea General de Delegados de la Unión Panamericana de Asociaciones de Valuación (UPAV), efectuada en Panamá en el año 2019, se seleccionó a Costa Rica como el país sede para el XXXVI Congreso Panamericano de Valuación.

III.—Que de forma paralela al XXXVI Congreso Panamericano de Valuación UPAV, el ICOVAL organiza el evento denominado II Congreso Mundial Valuación, por lo que en conjunto se tendrá en Costa Rica la actividad relacionada con la valuación más importante a desarrollarse a nivel global en el año 2022, siendo ésta la segunda vez en que se le concede a nuestro país la organización de un Congreso Panamericano de Valuación.

IV.—Que dicha actividad se programó para ser realizada del 07 al 10 de junio del 2022.

V.—Que en esta actividad se expondrán y analizarán un número importante de trabajos técnicos, que permitirán la adquisición de nuevos conocimientos, intercambio de experiencias e identificación de acciones a seguir, que beneficiarán a nuestro país.

VI.—Que es de interés nacional el intercambio de ideas y experiencias, así como el seguimiento de los programas y proyectos en materia de valuación. Por tanto,

Decretan:

DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL

DEL XXXVI CONGRESO PANAMERICANO

DE VALUACIÓN Y EL II CONGRESO

MUNDIAL VALUACIÓN

Artículo 1º—Declaratoria. Se declara de interés público y nacional, el XXXVI Congreso Panamericano de Valuación y el II Congreso Mundial Valuación, que se llevará a cabo en nuestro país del del 07 al 10 de junio del 2022.

Artículo 2º—Contribución. Las dependencias del Sector Público y del Sector Privado, dentro del Marco Legal respectivo, podrán contribuir con cualquier tipo de recursos, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa realización de este congreso.

Artículo 3º—Vigencia. El presente Decreto rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los ocho días del mes de octubre del dos mil...

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