Decreto Nº 43696-H, adición de un transitorio II al Decreto Ejecutivo Nº 41641-H, Reglamento al Título IV de la Ley Nº 9635, denominado Responsabilidad Fiscal de la República, del 9 de abril del 2019 y sus reformas
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley No. 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley No. 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 setiembre del 2001 y sus reformas; el Decreto Ejecutivo No. 32988-H-MP-PLAN, Reglamento a la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 31 de enero del 2006 y sus reformas; la Ley No. 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas de 3 de diciembre del 2018 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo No. 41641-H, Reglamento al Título IV de la Ley No. 9635, denominado Responsabilidad Fiscal de la República de 9 de abril del 2019 y sus reformas.
Considerando:
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Que la Ley No. 9635, publicada en el Alcance No. 202 a La Gaceta No. 225 de 4 de diciembre del 2018 y sus reformas, en el Título IV denominado Responsabilidad Fiscal de la República y sus reformas, establece reglas de gestión de las finanzas públicas, con el fin de lograr que la política presupuestaria garantice la sostenibilidad fiscal; disposiciones que serán aplicables a los presupuestos de los entes y de los órganos que conforman el Sector Público No Financiero en adelante (SPNF).
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Que para dar cumplimiento al referido Título IV de la Ley No. 9635, el Poder Ejecutivo emitió el Reglamento a dicho Título mediante el Decreto Ejecutivo No. 41641-H, publicado en el Alcance No. 90 a La Gaceta No. 76 del 25 de abril del 2019 y sus reformas.
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Que el Decreto Ejecutivo No. 43589-H de 22 de junio del 2022, modificó entre otros, los artículos 3º y 22 del citado Reglamento, relativos a la base que tomarán las entidades para la aplicación de la regla fiscal en los presupuestos y la forma de verificación del cumplimiento de la misma al finalizar el periodo.
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Que debido a que la anterior modificación a los artículos 3º y 22, se realizó a mitad del periodo presupuestario vigente, resulta necesario que el Ministerio de Hacienda mediante la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, en...
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