Decreto Nº 43927 - Decreto No D43927 - IN2023772522
Fecha de publicación | 02 Junio 2023 |
Número de registro | D43927 - IN2023772522 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
N° 43927-C
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD
Con fundamento en los artículos 140 incisos 18 y 20 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; 25 inciso 1, 21 inciso 1 y 28 inciso 2b de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978; la Ley N° 5118 del 15 de noviembre de 1972, Ley de Creación de la Comisión Nacional de Conmemoraciones Históricas, el Decreto Ejecutivo N° 43637-C del 25 de julio de 2022, Creación de la Comisión Auxiliar de la Comisión Nacional de Conmemoraciones Históricas, para la Conmemoración de la Anexión del Partido de Nicoya a Costa Rica, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 148 del 5 de agosto de 2022, y
Considerando:
I.—Que en el año 2024 se conmemorará el Bicentenario de la Anexión del Partido de Nicoya a Costa Rica.
II.—Que por Decreto Ejecutivo N° 43637-C del 25 de julio de 2022 publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 148 del 5 de agosto de 2022, se creó la Comisión Auxiliar de la Comisión Nacional de Conmemoraciones Históricas, para la Conmemoración de la Anexión del Partido de Nicoya a Costa Rica, que tendrá como objeto primordial la coordinación del programa de celebración, entendido como el conjunto de iniciativas principales destinadas a conmemorar este hito histórico, y se compone de una curaduría coherente de proyectos viables, compatibles con la visión establecida por el Gobierno de la República, los Gobiernos Locales y la Comisión Nacional de Conmemoraciones Históricas creada por Ley N° 5118 del 15 de noviembre de 1972, con el apoyo de las comisiones auxiliares que esta establezca. Este programa se define a partir de narrativas, historias, contenidos y experiencias coordinadas con los Poderes del Estado, la empresa privada, la sociedad civil, el sector académico y la ciudadanía en general. El Programa tendrá vigencia del año 2023 al año 2025.
III.—Que el artículo 3 del citado Decreto Ejecutivo establece que la Comisión mencionada en el artículo 1 del presente Decreto Ejecutivo, estará integrada por 13 miembros propietarios, entre los que se encuentra una persona representante de Agencia Regional de Desarrollo (AREDES) Región Chorotega, y su respectivo suplente.
IV.—Que según el Decreto 16068-PLAN de 15 de febrero de 1985, Reforma División Regional del Territorio de Costa Rica, para los efectos de investigación y planificación del desarrollo económico, y sus posteriores reformas, la regionalización del país se articulaba por medio de...
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