Decreto No. 38995–H

Fecha de publicación18 Mayo 2015
Número de registroIN2015029586
EmisorPoder Ejecutivo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; Ley Nº 4716, Ley de Organización del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) de 9 de febrero de 1971 y sus reformas; el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo Nº 38279-H de 7 de marzo de 2014 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que mediante la Ley Nº 4716, publicada en el Alcance Nº 17 a La Gaceta Nº 33 de 11 de febrero de 1971, reproducida en el Alcance Nº 34 a La Gaceta Nº 82 de 16 de abril de 1971 y sus reformas, se establece que el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), es una entidad autónoma con personería jurídica y patrimonio propios, conforme al artículo 188 de la Constitución Política.

2º—Que mediante los oficios DE-02-2015, DE-109-2015 y DE-289-2015 de 12 de enero de 2015, de 5 de febrero de 2015 y de 10 de marzo de 2015, respectivamente, la Directora Ejecutiva del IFAM solicitó incrementar el gasto presupuestario máximo de dicha entidad para el 2015, por un monto total de ¢1.122.000.000,00 (mil ciento veintidós millones de colones exactos), con la finalidad de solventar necesidades institucionales en áreas específicas de asistencia técnica, capacitación, proyecto Sistema Informático Financiero de Egresos Municipales (SIFIEMU), mantenimiento de edificio, entre otros, que son fundamentales para fomentar y apoyar al Régimen Municipal y velar por el mantenimiento de los activos bajo su potestad. Dicha solicitud fue avalada por el señor Ministro de Vivienda y Asentamientos Humanos, mediante el oficio MIVAH-DMV-0063-15 de 29 de enero de 2015.

3º—Que de dicho monto, corresponde ser ampliada por la vía de Decreto Ejecutivo la suma de ¢831.000.000,00 (ochocientos treinta y un millones de colones exactos), misma que será sufragada con recursos provenientes de superávit libre, que servirán para hacer frente al proyecto SIFIEMU y a gastos de operación en apoyo del fortalecimiento del régimen municipal mediante actividades de...

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