Decreto No. 39173-MOPT

Fecha de publicación22 Septiembre 2015
Número de registro39173-MOPT
EmisorPoder Ejecutivo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

En el ejercicio de las facultades y prerrogativas conferidas por el artículo 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política, con fundamento en lo establecido en los artículos 1º, 2º y 3º de la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes Nº 4786; Ley N° 5525, Ley de Planificación Nacional, Plan Nacional de Transportes y lo establecido en los artículos, 26, 27, 28.1 y 28.2, ítems a) y b), siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227.

Considerando:

1º—Que mediante oficio N° DMOPT-4917-2014(11) de fecha 01 de octubre de 2014, el Jerarca del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y Rector del Sector Transporte e Infraestructura, Lic. Carlos Segnini Villalobos, remite al Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, la propuesta de reorganización estructural del proceso planificador del MOPT y del Sector.

2º—Que la propuesta consiste en una reorganización del proceso planificador del Sector, con la cual se pretende contar con una estructura organizacional acorde con las funciones y competencias técnicas asignadas a la Secretaría de Planificación Sectorial y la Unidad de Planificación Institucional.

3º—Que la propuesta remitida presentó todos los documentos solicitados en los Lineamientos Generales para Reorganizaciones Administrativas, propiamente en el Componente de Normativa, inciso 4, a saber: 1.- Pronunciamiento de la Unidad de Planificación: Oficio N° DPS-2014-0641 de la Dirección de Planificación Sectorial, en el cual se indica expresamente el cumplimiento de la normativa y los Lineamientos Generales para Reorganización Administrativa establecidos por MIDEPLAN. 2.- Estudio Técnico que justifica la propuesta de reorganización administrativa: “Informe Técnico de reorganización estructural del proceso de planificación en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Comisión de Reorganización -Setiembre 2014,”. 3.-Aval Ministro Rector: Oficio N° DMOPT-4917-2014(11) de fecha 01 de octubre de 2014, suscrito por el Ministro Rector del Sector Transporte e Infraestructura.

4º—Que la propuesta presentada se justifica en la determinación del marco jurídico que respalda el accionar del Ministerio y propiamente a la Secretaría de Planificación Sectorial y la Unidad de Planificación Institucional, en un análisis de la situación actual de la estructura organizacional y funcional de la Dirección de Planificación Sectorial y la Dirección de Planeamiento Administrativo, así como, la propuesta de una estructura organizacional en función del Marco Estratégico Institucional y de coordinación sectorial.

5º—Que de acuerdo con el análisis técnico realizado por el Área de Modernización del Estado de MIDEPLAN, se concluyó que los cambios propuestos son coherentes con las funciones y objetivos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (Oficio N° DM-497-14, del 12 de diciembre del 2014, suscrito por la Ministra de Planificación Nacional y Política Económica y remitido al Ministro de Obras Públicas y Transportes).

6º—Que mediante el oficio citado en el considerando anterior, el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica(MIDEPLAN), aprobó la reorganización parcial administrativa del proceso planificador del MOPT y del Sector, cumpliendo por lo tanto con lo establecido en los Lineamientos Generales para Reorganizaciones Administrativas y normativa vigente.

7º—Que de acuerdo con los Lineamientos Generales para Reorganizaciones Administrativas, en el componente de Normativa, inciso 7.b), el MOPT dispondrá de un plazo de hasta seis meses para implementar la Reorganización Parcial Aprobada, el cual regirá a partir de la fecha de recibido del Oficio N° DM-497-14 (06 enero 2015). Consecuente con la normativa, previo al vencimiento de dicho plazo, de requerirlo, es facultad del jerarca del Ministerio, solicitar la prórroga de conformidad con lo dispuesto en el inciso 7.c) de los Lineamientos Generales para Reorganizaciones Administrativas, componente de Normativa.

8º—Que la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes Nº 4786, del 5 de julio de 1971, ha establecido en su artículo 3º, siguientes y concordantes, la competencia material y funcional que asiste al Ministerio, consignándose: “Para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el artículo anterior, el Poder Ejecutivo, mediante decreto creará las Direcciones y Dependencias necesarias para la mejor organización del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.”, aunado a los lineamientos de reorganizaciones administrativas establecidos por MIDEPLAN y demás normativa vigente en materia.

9º—Que en el artículo 22 y 28 del Reglamento General del Sistema Nacional de Planificación, Decreto 37735-PLAN, publicado en Gaceta N° 122 del 26 de junio del 2013, se establecen los objetivos y funciones de las secretarías sectoriales y de las unidades de planificación institucional (UPI), respectivamente.

10.—Que la propuesta de reorganización concuerda con las funciones que para las secretarías de planificación sectorial establece en el artículo 3 el Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo, N° 38536-MP-PLAN, publicado el 20 de agosto del 2014.

11.—Que en razón de lo considerado, es necesario, por razones de oportunidad, conveniencia, mérito y legalidad, para la realización y optimización del servicio público, acelerar la implementación del proceso planificador del MOPT y del Sector, aprobado por el MIDEPLAN, mediante Oficio N° DM-497-14, del 12 de diciembre del 2014, suscrito por la Ministra de la Cartera, pretendiendo con ello mejorar la planificación y formulación de políticas, lineamientos, proyectos, planes y programas del Sector Transporte e Infraestructura.

12.—Que es obligatorio para las Instituciones Públicas promover la incorporación del enfoque de igualdad de género, en todo el quehacer institucional, conforme el Decreto MP-MCM-37906 publicado en La Gaceta N° 184 del 25 de setiembre de 2013.

13.—Que en cumplimiento con lo dispuesto en el decreto citado en el considerando anterior, se fortalece la transversalidad de género en todo el quehacer institucional del MOPT, estableciendo las funciones propias del proceso de gestión para la igualdad de género y se mantiene la vigencia del Decreto Ejecutivo Nº 38073- MOPT del 27 de noviembre del 2013 que crea la Comisión Institucional de Igualdad de Género del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (CIIG),

14.—Que con fundamento en el Consenso de Montevideo sobre población y desarrollo realizado del 12 al 15 de agosto del 2013 y a lo establecido en el inciso g) de dicho Consenso sobre desigualdad territorial, movilidad espacial y vulnerabilidad, se incorpora a este decreto los acuerdos indicados en los párrafos del 76 al 84 inclusive, acordados en dicho Consenso. Por tanto,

Decretan:

REORGANIZACIÓN ESTRUCTURAL DEL PROCESO

DE PLANIFICACIÓN SECTORIAL E INSTITUCIONAL

DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Y TRANSPORTES

Artículo 1º—Ámbito de Aplicación: el presente Decreto Ejecutivo regula las estructuras orgánicas administrativas de la Secretaría de Planificación Sectorial y de la Unidad de Planificación Institucional sus competencias materiales y funcionales, procesos y objetivos en concordancia con los planes, las políticas y las estrategias sectoriales e institucionales, respectivamente.

Artículo 2º—Definiciones: Para los efectos de la interpretación y de la aplicación de este Decreto, deberán considerarse las siguientes definiciones:

Alta Dirección: El nivel de mando superior de la organización capaz de proporcionar evidencia de su compromiso con el desarrollo e implementación del sistema de gestión de calidad, así como con la mejora continua de su eficacia.

BPIP: Banco de Proyectos de Inversión Pública.

CIIG: Comisión Institucional de Igualdad de Género: Mecanismo para el ejercicio de la transversalidad de género que vela para el avance de la igualdad en el seno de la Institución y sus servicios.

MIDEPLAN: Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica

MOPT: Ministerio de Obras Públicas y Transportes

Participación ciudadana: Conjunto de acciones o iniciativas que impulsar el desarrollo local mediante la integración de mujeres y hombres en su diversidad, en procesos participativos propiciados por la Unidad de Planificación Institucional y la Secretaría de Planificación Sectorial para que las propuestas de la ciudadanía puedan ser valoradas y, en su caso, incluidas en los planes programas y proyectos impulsados por el MOPT.

PEI: Plan Estratégico Institucional

PIEG: Política Nacional para la Igualdad y Equidad de Género: Instrumento para el avance de las mujeres que impulsa el Instituto Nacional de las Mujeres como mecanismo nacional para la igualdad.

PES: Plan Estratégico Sectorial

PND: Plan Nacional de Desarrollo

PNT: Plan Nacional de Transportes

POI: Plan Operativo Institucional

Sector: Sector Transporte e Infraestructura

SIGECI: Sistema de Información de Gestión de Proyectos

SNP: Sistema Nacional de Planificación

SPS: Secretaría de Planificación Sectorial

UPI: Unidad de Planificación Institucional

Artículo 3º—Reorganización del proceso planificador del MOPT y del Sector: créase la Secretaría de Planificación Sectorial como órgano de asesoría y apoyo técnico al Ministro (a) Rector (a) con perspectiva de género, desarrollo humano y enfoque de derechos, en su función rectora y de coordinación de las instituciones que conforman el Sector.

Créase la Unidad de Planificación Institucional como órgano asesor y de coordinación a nivel institucional al máximo jerarca del MOPT.

Artículo 4º—Objetivo de la Secretaría de Planificación Sectorial: brindar asesoría técnica al Ministro (a) Rector (a) para la toma de decisiones estratégicas del Sector, mediante el desarrollo de políticas, lineamientos, estrategias, planes, programas y proyectos que contribuyan a un desarrollo integral que permitan mejorar la calidad de vida de los habitantes, con un aprovechamiento...

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