Decreto No. 41830-H

Fecha de publicación08 Noviembre 2019
Número de registro41830-H
EmisorPoder Ejecutivo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública de 02 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; Ley 4383 del 18 de agosto de 1969 y su reforma mediante Ley 6518 del 25 de setiembre de 1980; Ley 9371, Ley de Eficiencia en la Administración de los Recursos Públicos de 28 de junio de 2016 y su reforma; el Decreto Ejecutivo 32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo 40981-H de 14 de marzo de 2018 y su reforma; el Acuerdo 12232, tomado por la Autoridad Presupuestaria, en la sesión ordinaria 11-2018, celebrada el 27 de noviembre de 2018; y el Acuerdo 12262, tomado por la Autoridad Presupuestaria en la sesión extraordinaria 08-2018, celebrada el día 18 de diciembre del 2018.

Considerando:

1º—Que la Ley 4383 del 18 de agosto de 1969, publicada en La Gaceta 190 de 23 de agosto de 1969 y su reforma, crea la Comisión de Energía Atómica como un ente descentralizado, con personalidad jurídica instrumental, bajo la superior dirección del Poder Ejecutivo; que delega en el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones mediante el Decreto Ejecutivo 41187-MP-MIDEPLAN publicado en La Gaceta 111 de 21 de junio de 2018, dicha función. Corresponde a esta Comisión el desenvolvimiento, uso y vigilancia de las aplicaciones pacíficas de la energía atómica.

2º—Que mediante los oficios MICITT-DM-OF-212-2019 de 01 de abril de 2019 y FA-55-0419 de 05 de abril de 2019, el Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones y el presidente de la Junta Directiva Comisión de Energía Atómica (CEA), solicitaron incrementar el gasto presupuestario máximo de dicha institución para el 2019, por un monto total ¢2.673.875,00 (dos millones seiscientos setenta y tres mil ochocientos setenta y cinco colones exactos), correspondientes al superávit libre del año 2015, con la finalidad de realizar el reintegro del remanente no utilizado del superávit libre acumulado al 2015. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 9371, Ley de Eficiencia en la Administración de los Recursos Públicos, publicada en el Alcance 148 a La Gaceta 161 del 23 de agosto de 2016.

3º—Que el artículo 5 de la Ley 9371 antes citada, en lo de interés dispone: “Los recursos que se encuentran establecidos en el alcance del artículo 3 de esta ley, y sujetos al principio constitucional de caja única...

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