Decreto No. 41842-MSP

Fecha de publicación02 Diciembre 2019
Número de registro41842-MSP
EmisorPoder Ejecutivo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 25 inciso 1) y 28 inciso 2), acápites a) y b) y 48 de la Ley General de la Administración Pública No. 6227 del 02 de mayo de 1978 y sus reformas; 25 del Reglamento para el Registro y Control de Bienes de la Administración Central y Reforma al artículo 144 del Decreto Ejecutivo 32988 Reglamento a la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos del 31 de enero del 2006, Decreto Ejecutivo 40797-H del 28 de noviembre de 2017; 3 del Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública, Decreto Ejecutivo 36366-SP del 02 de noviembre de 2010.

Considerando:

1º—Que el artículo 25 del Reglamento para el Registro y Control de Bienes de la Administración Central y Reforma al artículo 144 del Decreto Ejecutivo 32988 Reglamento a la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos del 31 de enero del 2006, establece que cada Ministerio u órgano adscrito, deberá contar con una Comisión de Donaciones, nombrada por el máximo jerarca, la cual tendrá a cargo la recomendación de donación de bienes dados de baja.

2º—Que de conformidad con el artículo 25 inciso e) del citado Reglamento, la Comisión de Donaciones enviará copia del acta de recomendación al máximo jerarca de la institución donante o a quien éste haya delegado, quien será competente para aprobar el acto administrativo de la donación.

3º—Que en razón, de la relevancia que para el ejercicio de la función de seguridad ciudadana correspondiente al Ministerio de Seguridad Pública, reviste la recepción de bienes por donación, se estima conveniente la creación en este mismo acto, de la Comisión de altas por donación, para que valore de manera previa, la conveniencia e interés público, de recibir bienes ofrecidos por entes de derecho público y privado.

4º—Que en aras de armonizar las competencias y atribuciones conferidas vía reglamentaria, se hace necesario actualizar y poner a derecho la normativa interna del Ministerio de Seguridad Pública en cuanto a la materia de donaciones. Por tanto,

Decretan:

INTEGRACIÓN DE LAS COMISIONES DE ALTAS

POR DONACIÓN Y DE BAJAS POR DONACIÓN

DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Artículo 1º—Se integra la Comisión de bajas por donación, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 del Reglamento para el Registro y Control de Bienes de la Administración...

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