Decreto No. 42021-MAG

Fecha de publicación19 Noviembre 2019
Número de registro42021-MAG
EmisorPoder Ejecutivo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

En el ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3), 8) y 18) y 146 de la Constitución Política, los artículos 4, 25, 27 párrafo 1, 28 párrafo 2 inciso b) y 142 párrafo 2 Ley 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública, Ley 7064 del 29 de abril de 1987, la Ley 7837 de 05 de octubre de 1998, “Creación de la Corporación Ganadera” y la Ley 9626 del 14 de noviembre del 2018 “Derogación del capítulo IV y el artículo 20 de la Ley 7837”.

Considerando:

1º—Que mediante la Ley 9626 del 14 de noviembre del 2018, se deroga el Capítulo IV y el artículo 20 de la Ley 7837 de 05 de octubre de 1998, Creación de la Corporación Ganadera.

2º—Que tomando en cuenta los efectos que dicha derogatoria ejerce sobre todo aquello que sea incompatible, se hace necesario derogar adicionalmente los artículos 13, 14, 15 y 16 del Capítulo III, del Decreto Ejecutivo 40990-MAG de 24 de enero del 2018 “Reglamento a la Ley de Creación de la Corporación Ganadera”.

3º—Que mediante Acuerdo 09-491-2019 de la sesión celebrada el día 28 de enero del 2019, la Junta Directiva de la Corporación Ganadera, dispuso lo siguiente: “Solicitar al Ministerio de Agricultura y Ganadería la derogatoria del Capítulo III, artículos 13, 14, 15 y 16, del Decreto Ejecutivo 40.990-MAG, del Reglamento a la Ley de Creación de la Corporación Ganadera, publicado en el Alcance No. 92 del 7 de mayo del 2018, del Diario Oficial La Gaceta.

4º—Que de conformidad con los párrafos segundo y tercero del artículo 12 bis del Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Decreto Ejecutivo 37045-M1-MEIC del 22 de febrero de 2012, se procedió a llenar la Sección I denominada “Control Previo de Mejora Regulatoria” del “Formulario de Evaluación Costo Beneficio”, siendo que la evaluación de la propuesta normativa dio resultado negativo y que no contiene trámites, requisitos ni procedimientos, por lo que se determinó que no se requería proseguir con el análisis regulatorio de cita. Por tanto,

Decretan:

DEROGATORIA DEL CAPÍTULO III, ARTÍCULOS 13, 14,

15 Y 16, DEL DECRETO EJECUTIVO 40990-MAG.

Artículo 1º—Se derogan los artículos 13, 14, 15 y 16 del Capítulo III, Del Sistema de Liquidación, del Decreto Ejecutivo No. 40990-MAG de 24 de enero del 2018 “Reglamento a la Ley de Creación de la Corporación Ganadera”.

Artículo 2º—Rige a...

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