Decreto No. 43013-MAG

Fecha de publicación21 Junio 2021
Número de registro43013-MAG
EmisorPoder Ejecutivo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

En uso de las facultades que les confiere los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y el artículo 28 inciso 2 acápite b) de la Ley Nº 6227 de 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública, y la Ley Nº 7064 del 29 de abril de 1987, Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria (FODEA) que incorpora la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Considerando:

1º—Que mediante el Decreto Ejecutivo 37911-MAG de 19 de agosto del 2013, se constituyó el Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería, para certificar la condición de pequeño y mediano Productor Agropecuario (PYMPA), estableciendo en el artículo 5, la vigencia de la condición de pequeño y mediano productor por un año a partir de la fecha de actualización de la información, para lo cual el interesado debe actualizar la información previo al vencimiento del plazo.

2º—Que mediante el Decreto Ejecutivo 42472-MAG de 13 de julio del 2020, en el marco de la emergencia sanitaria provocada por la enfermedad COVID-19, declarada mediante Decreto Ejecutivo 42227- MP-S de 16 de marzo del 2020 y la Directriz 079-MP-MEIC de 08 de abril de 2020, publicada en el Alcance Digital 80, La Gaceta 75 de 09 de abril del 2020, se instruyó a la Administración Pública para que en el marco jurídico de su actuación y de acuerdo con la naturaleza de los trámites de su competencia, efectúen una revisión de la vigencia de los permisos, licencias, autorizaciones o concesiones que habilitan a personas físicas o jurídicas a ejercer alguna actividad productiva, económica, comercial o de cualquier otra naturaleza, a efectos de determinar la viabilidad de su prórroga hasta el 04 de enero de 2021, entre las cuales se determinó que la vigencia de todos los registros del “Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería, para certificar la condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYMPA)” califican para ser prorrogados hasta el 04 de enero del 2021, el cual fue prorrogado mediante Decreto Ejecutivo 42773-MAG de 4 de diciembre del 2020, al 4 de julio del 2021.

3ºQue, al día de hoy, las condiciones, para prorrogar los registros del “Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería, para certificar la condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYMPA)” que habilitan a personas físicas o jurídicas a ejercer alguna actividad productiva, económica, comercial o de cualquier otra naturaleza, se mantienen y más bien, los casos vienen en aumento, lo que hace necesario prorrogar la vigencia del registro por seis meses más, hasta el 04 de enero del 2022.

4ºQue de conformidad con los párrafos segundo y tercero del artículo 12 bis del Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Decreto Ejecutivo 37045-MP-MEIC del 22 de febrero de 2012; se procedió a...

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