Decreto No. 43741-MJP

Fecha de publicación31 Octubre 2022
Número de registro43741-MJP
EmisorPoder Ejecutivo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 18) y 146 de la Constitución Política, en el artículo 32 de la Ley de Asociaciones N° 218 del 8 de agosto de 1939 y los artículos 27 y siguientes del Reglamento a la Ley de Asociaciones N° 29496-J, publicado en La Gaceta N° 96 del 21 de mayo del 2001.

Considerando

1ºEl artículo 32 de la Ley de Asociaciones N° 218 del 8 de agosto de 1939 y sus reformas, confiere al Poder Ejecutivo la potestad de declarar de utilidad pública a las asociaciones simples, federadas o confederadas, cuyo desarrollo y actividades sean particularmente útiles para los intereses del Estado y que por ello contribuyan a solventar una necesidad social.

II.—La Asociación para el Desarrollo Social y Humano Richmond Fellowship, cédula jurídica N° 3-002-138934, se inscribió en el Registro de Asociaciones del Registro Público el 24 de junio de 1993, al tomo 401, asiento 16045 bajo el expediente N° 5639. Así mismo, dicha entidad fue declarada de utilidad pública mediante el Decreto Ejecutivo N° 28954-J del 5 de setiembre del 2000, publicado en el diario oficial La Gaceta N° 189 del 3 de octubre del 2000.

III.—La Asociación de Pequeños Productores, Agricultores e Industriales de México de Delicias de Upala, cédula jurídica N° 3-002-367310, se inscribió en el Registro de Asociaciones del Registro Público el 4 de agosto del 2004, al tomo 525, asiento 470. Asimismo, dicha entidad fue declarada de utilidad pública mediante el Decreto Ejecutivo N° 36360-JP del 15 de noviembre del 2010, publicado en el diario oficial La Gaceta N° 22 del 1° de febrero del 2011.

IV.—El artículo 32 del Reglamento a la Ley de Asociaciones establece: “(..) En cualquier momento, el Ministerio de Justicia y Paz, revocará este beneficio, si desaparecen los motivos por los cuales fue concedido. (...)”. Así mismo, el ordinal 32 del Reglamento a la Ley de Asociaciones, agrega: “(...) La declaratoria será revocable en cualquier momento, mediante resolución razonada...”.

V.—Las Asociaciones para el Desarrollo Social y Humano Richmond Fellowship, cédula jurídica N° 3-002-138934, por medio de su representante legal señor Guillermo Rosabal Ramírez, cédula de identidad número 1-0533-0967 y de Pequeños Productores, Agricultores e Industriales de México de Delicias de Upala, cédula jurídica N° 3-002-367310, por medio de su representante legal señor William Peraza Fernández, cédula de identidad número 9-0042-0674,...

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