DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

Fecha de publicación13 Febrero 2020
Número de registroIN2020434043
EmisorRégimen Municipal

DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

Fernando Castro Quintanilla, cédula número 5-0275-0964, solicitante de concesión de la parcela 10-A de playa Coyote. Con base en la Ley de Zona Marítimo Terrestre 6043 del 02 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo 7841-P de 16 de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en Playa Coyote, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste, parcela identificada con el número 10-A. Mide 1,422,91 metros cuadrados, para darle un Uso de Residencial Turístico. Sus linderos son: norte, Zona de Protección de Manglar; sur, calle pública; este, Zona Restringida de la Zona Marítima Terrestre (lote 10); oeste, calle pública. Se concede a los interesados un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Municipalidad ante la oficina del Alcalde Municipal. El opositor debe identificarse debidamente. Carmona de Nandayure, Guanacaste. jaju@nandayure.go.cr. Telefax: 2657-9021.—Departamento de...

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