DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE EDICTO
Fecha de publicación | 08 Septiembre 2021 |
Número de registro | IN2021579104 |
Emisor | Régimen Municipal |
DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
EDICTO
El Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Santa Cruz Guanacaste, comunica que la persona física: María Luisa Maritza Rodríguez Leal, cédula de identidad 5-0163-0348, mayor casada una vez, vecina de Playa Avellanas contiguo al Bar Restaurante Gregorios de Santa Cruz, provincia de Guanacaste; con base en la Ley N°6043 de Zona Marítimo Terrestre del 02 de marzo de 1977 y su reglamento, decreto ejecutivo N° 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno que se tramita bajo el expediente administrativo N°2081-2017, ubicado en la zona restringida del sector costero de Playa Avellanas, distrito tercero veintisiete de abril del cantón de Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste, mide dos mil quinientos noventa y dos metros cuadrados (2.592 M2), según plano catastrado N° G-2276306-2021, terreno que es para uso residencial, camping y comercial, según plan regulador vigente de Playa Avellanas-Junquillal. Linderos: norte, calle pública, al sur, Municipalidad de Santa Cruz, este, Municipalidad de Santa Cruz, y al oeste, zona pública entre mojones 56 y 57 con fundamento en el artículo 38 del reglamento de la Ley N°6043 de Zona Marítimo Terrestre, se conceden 30 días hábiles contados a partir de esta publicación para oír oposiciones. Las oposiciones deberán presentarse ante el Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Santa Cruz, dentro del plazo otorgado por ley, las cuales deberán venir acompañadas de dos juegos de copias. Además, se advierte que la presente publicación NO otorga derecho alguno al solicitante sobre la concesión, hasta que se cumpla con todos los requisitos establecidos en la Ley 6043 sobre Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento, y sea aprobada por el Instituto Costarricense de Turismo. La misma se realiza sin perjuicio de que las futuras disposiciones, modificaciones o actualizaciones del actual plan regulador costero, que varíen el destino de la parcela. Es todo.
Dado en la ciudad de Santa Cruz, Guanacaste, el veintitrés de agosto del dos mil veintiuno.—Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Santa Cruz.—Lic. Giancarlo Hernández Cabalceta, Coordinador a. i.— 1 vez.—( IN2021579104 ).
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