Depositarios aduaneros autorizados para atender operación de carga durante la emergencia por covid-19 por parte del Ministerio de Salud, de 1 de Junio de 2020

EmisorDirección General de Aduanas

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

RES-DGA- 275 -2020- Dirección General de Aduanas.- San José, a las quience horas con cincuenta minutos del primero de junio de 2020.

Considerando:

I. Que el Poder Ejecutivo emitió el Decreto Ejecutivo N° 42227-MP-S, publicado en el Alcance N° 46 al Diario Oficial La Gaceta N° 51 del 16 de marzo del 2020, en el que se declara Emergencia Nacional debido al estado de necesidad y urgencia ocasionado por el COVID-19, por su magnitud como pandemia y las consecuencias en el territorio nacional y el carácter anormal, esta no puede ser controlada ni abordada por parte de la Administración Pública a través del ejercicio de los procedimientos administrativos ordinarios.

II. Que resulta imperante aplicar medidas inmediatas de prevención, atención y mitigacion de la alerta sanitaria por COVID-19, así como garantizar el cumplimiento efectivo de los protocolos del Ministerio de Salud y conjuntamente, tomar medidas preventivas que contribuyan al adecuado manejo de la problemática objeto de la presente regulación.

III. Que Costa Rica aprobó el Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Guatemala- Protocolo de Guatemala mediante la Ley Nº 7629 del 26 de setiembre de 1996. En el párrafo 2 del artículo 7 de dicho Protocolo se consigna que "(.) queda a salvo el derecho de los Estados a establecer medidas de seguridad, policía y sanidad".

IV. Que el Decreto Ejecutivo N° 42238-MGP-S, publicado en el Alcance N° 47 al Diario Oficial La Gaceta N° 52 del 17 de marzo del 2020, dispone la excepción de restricción de ingreso a las personas extranjeras que formen parte del personal de medios de transporte internacional de mercancías o cargas. Ante lo cual, la Dirección General de Migración y Extranjería debe adoptar las medidas necesarias para que esas personas acaten los lineamientos y medidas sanitarias que emita el Ministerio de Salud con relación al COVID- 19.

V. Que el Decreto Ejecutivo N° 42350-MGP-S, del 15 de mayo del 2020, publicado en el Alcance 116 al Diario Oficial La Gaceta 112, del 16 de mayo del 2020, estable modificaciones a las condiciones de ingreso y permanencia de personas que ingresen al país bajo la categoría migratoria de No Residentes, subcategoría Personal de Medios de Transporte Internacional de Pasajeros y Mercancías, establecida en el artículo 87 inciso 5) de la Ley General de Migración y Extranjería N°8764.

VI. Que mediante Decreto Ejecutivo N° 42353-MGP-H-S, del 20 de mayo del...

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