Resolución

Fecha de publicación28 Enero 2022
Número de registroIN2022617965
EmisorINSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

DESARROLLO HUMANO

REFORMA PARCIAL AL REGLAMENTO

DE RECLUTAMIENTO, SELECCIÓN Y PROMOCIÓN

DE LOS RECURSOS HUMANOS DEL INSTITUTO

MIXTO DE AYUDA SOCIAL

En uso de las facultades y atribuciones que confiere el artículo 103 párrafo primero de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública, y los artículos 2 y 4, siguientes y concordantes de la Ley 4760, Ley de Creación del Instituto Mixto de Ayuda Social.

Considerando:

1º—Que el artículo 13 de la Ley de Control Interno dispone lo siguiente:

“… En cuanto al ambiente de control, serán deberes del jerarca y de los titulares subordinados, entre otros, los siguientes:

a. Evaluar el funcionamiento de la estructura organizativa de la institución y tomar las medidas pertinentes, para garantizar el cumplimiento de los fines institucionales; todo de conformidad con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.

b. Establecer claramente las relaciones de jerarquía, asignar la autoridad y responsabilidad de los funcionarios y proporcionar los canales adecuados de comunicación, para que los procesos se lleven a cabo; todo de conformidad con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.

c. Establecer políticas y prácticas de gestión de recursos humanos apropiadas, principalmente en cuanto a contratación, vinculación, entrenamiento, evaluación, promoción y acciones disciplinarias; todo de conformidad con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.”

2º—Que mediante oficio IMAS-GG-2088-2021 de fecha 23 de setiembre del 2021, la Gerencia General, por razones de conveniencia y oportunidad, instruye a Desarrollo Humano que se realice una modificación parcial al Reglamento de Reclutamiento, Selección y Promoción de los Recursos Humanos del Instituto Mixto de Ayuda Social, en cuanto a los artículos que restringen que las personas funcionarias/trabajadoras internas puedan participar en concursos externos. Lo anterior, con el fin de que el personal interno, posterior a la declaratoria de un concurso interno desierto, tenga la posibilidad de participar en dichos concursos y brindar de esta forma más oportunidades al funcionariado institucional de obtener una plaza en propiedad.

3º—Que Desarrollo Humano, mediante oficio IMAS-GG-DH-3487-2021, recibido el 18 de noviembre del 2021, presenta a la Gerencia General la propuesta de modificación parcial al Reglamento de Reclutamiento, Selección y Promoción de los Recursos Humanos del Instituto Mixto de Ayuda Social, en la cual se modificaron los artículos 3°, 10°, 23° y 57°; esta fue revisada por la Asesoría Jurídica según oficio IMAS-PE-AJ-1355-2021 de fecha 03 de noviembre del 2021 y por Planificación Institucional según oficio IMAS-PE-PI-0344-2021 de fecha 08 de noviembre del 2021; se consideró la observación realizada por la Asesoría Jurídica y se ajustó lo correspondiente, ya que en el caso de Planificación Institucional no se realizaron observaciones que requirieran alguna modificación.

4º—Que la Gerencia General, mediante oficio IMAS-GG-2600-2021 de fecha 19 de noviembre del 2021, somete a consideración de este Consejo Directivo la propuesta de modificación parcial al Reglamento de Reclutamiento, Selección y Promoción de los Recursos Humanos del Instituto Mixto de Ayuda Social.

5º—Que de conformidad con la autonomía administrativa establecida en el artículo 188 de la Constitución Política de Costa Rica, el artículo 21 de la Ley de Creación del Instituto Mixto de Ayuda Social (Ley Nº 4760) y artículos 17 del Reglamento Orgánico del IMAS Decreto Ejecutivo Nº 36855 MP-MTSS-MBSF, al Consejo Directivo de la Institución le corresponde formular la política general del IMAS y aprobar los Reglamentos de la Institución.

6º—Que el Consejo Directivo del IMAS, mediante el artículo cuarto, acuerdo N° 373-11-2021 de la sesión 81-11-2021 de fecha 22 de noviembre del 2021, acuerda la reforma parcial al Reglamento de Reclutamiento, Selección y Promoción de los Recursos Humanos del Instituto Mixto de Ayuda Social, y en lo que interesa indica: “1. Aprobar la modificación parcial al Reglamento de Reclutamiento, Selección y Promoción de los Recursos Humanos del Instituto Mixto de Ayuda Social. 2. Asignar a Desarrollo Humano y a la Gerencia General enviar de manera informativa la modificación al Reglamento de Reclutamiento, Selección y Promoción de los Recursos Humanos del Instituto Mixto de Ayuda Social, a la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, para que verifiquen el cumplimiento de las Directrices y regulaciones vigentes. 3. Instruir a Planificación Institucional para que realice las gestiones pertinentes a efectos de que se publique el mismo, una vez se publique en el Diario Oficial La Gaceta.”

7º—Que mediante oficio STAP-0017-2022 de fecha 10 de enero de 2022, la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria indica que no existen roces con las directrices en los cambios propuestos al reglamento antes citado, por tanto,

Se emite:

REFORMA PARCIAL AL REGLAMENTO

DE RECLUTAMIENTO, SELECCIÓN Y PROMOCIÓN

DE LOS RECURSOS HUMANOS DEL INSTITUTO

MIXTO DE AYUDA SOCIAL

Artículo 1ºSe reforman los artículos 3°, 10°, 23° y 57° del Reglamento de Reclutamiento, Selección y Promoción de los Recursos Humanos del Instituto Mixto de Ayuda Social, para que se lean de la siguiente manera:

Artículo 3°: Para todos los efectos legales que se deriven de la aplicación del presente Reglamento, se entenderá por:

CONCURSO DESIERTO: Concurso interno o externo en el que se presente al menos alguna de las siguientes condiciones: - se dispone de personas oferentes elegibles, pero ninguna de ellas se considera idónea, según el criterio escrito expuesto por la persona...

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