Dictamen n° 219 de 23 de Agosto de 2002, de Ministerio de Gobernación y Policía

EmisorMinisterio de Gobernación y Policía

C-219-2002

23 de agosto de 2002

Licenciado

Randall Quirós Bustamante

Viceministro de Gobernación y Policía

Su Despacho

Estimado señor:

Con la aprobación del señor Procurador General Adjunto, me permito dar respuesta a su estimable oficio DVG-306-02 de fecha 14 de agosto de este año, mediante el cual solicita adición y aclaración del dictamen C-195 –2002 de esta Procuraduría, emitido el día 7 de los corrientes.

La aclaración solicitada se refiere a la conclusión primera del citado dictamen, ya que en criterio de ese Despacho…" la redacción tal cual, permitiría interpretar que, tal situación de nulidad relativa persistiría aun corrigiendo las omisiones de las actuaciones de los funcionarios consulares, por lo que se solicita se sirva aclarar si una vez emitidas las directrices respectivas, tal omisión se convierte en una omisión formal contemplada en el articulo 23 (sic) de la Ley General de la Administración Pública, ello para cerrar el portillo legal de que se sigan presentando solicitudes en Costa Rica".

La conclusión primera del dictamen, dice lo siguiente: "1-.La recepción de solicitudes de residencia presentadas directamente por los interesados ante las autoridades de la Dirección General de Migración y Extranjería en su sede central en San José, constituye un vicio en el procedimiento que da lugar a una nulidad relativa del acto, la cual queda subsanada en el posterior trámite de la gestión."

No obstante, que una lectura integral del dictamen permitiría por si sola precisar el contenido y los alcances de la conclusión, cabe aclarar que tanto el dictamen y la conclusión por supuesto, se refieren a una situación especial, pero siempre anómala, enmarcada dentro de un periodo de tiempo limitado. No se puede colegir, por el sólo hecho de que la omisión del trámite ante el Cónsul, constituya una nulidad subsanable por voluntad de la Administración, que esta práctica pueda constituirse en el procedimiento normal de la gestión, de aplicación a casos futuros.

Nótese que la buena fe, que se presume a favor de quienes hasta la fecha de ponerse en evidencia la irregularidad, habían utilizado este procedimiento viciado, desaparece en el...

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