Dictamen n° 353 de 11 de Noviembre de 2003, de Banco Central de Costa Rica

EmisorBanco Central de Costa Rica

C-353-2003

11 de noviembre del 2003
Doctor
Francisco de Paula Gutiérrez
Presidente del Banco Central
S. D.
Estimado señor:

Con la aprobación del señor Procurador General Adjunto de la República, me refiero a su oficio DPE 149/2003 del 11 de agosto último, por medio del cual nos transcribe el acuerdo adoptado por la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica, en el artículo 12 de su sesión n.° 5170-2003, celebrada el 30 de julio pasado. Mediante dicho acuerdo se decidió solicitar a esta Procuraduría la interposición de una acción de inconstitucionalidad directa contra el último párrafo del artículo 34 de la Ley General de Control Interno, norma donde se dispuso el pago de un 65% de compensación económica a favor de los funcionarios de las auditorías internas sujetos a las prohibiciones previstas en ese mismo artículo.

Nos indica que a lo interno del Banco, en el proceso de implementar el cumplimiento de esa disposición, surgió la duda respecto a su posible inconstitucionalidad, por lo que se solicitó a la División de Asesoría Jurídica elaborar el estudio respectivo. En dicho estudio (oficio AJ-815-2003 del 8 de julio del 2003, del cual recibimos copia) se arribó a la conclusión de que el citado régimen remunerado de prohibición viola los artículos 11, 28, 33, 56 y 68 de la Constitución Política. Agrega que en el caso particular del Banco Central, la disposición mencionada ha causado problemas a la política de salarios globales que se sigue desde el año 1998.

Respecto a la gestión que se nos plantea, debemos indicar que la Ley General de Control Interno (n.° 8292 de 31 de julio del 2002) se aprobó como consecuencia de una iniciativa planteada en ese sentido por la Contraloría General de la República. El propio Órgano Contralor ha señalado que "La Contraloría General de la República elaboró el Proyecto de la Ley General de Control Interno, el cual fue remitido al señor Ministro de la Presidencia, Lic. Danilo Chaverri Soto, quien en conjunto con el Presidente de la República, Dr. Miguel Angel Rodríguez Echeverría, lo enviaron a la Asamblea Legislativa" (Ver oficios 12357 de 11 de octubre del 2002, 1493 de 18 de febrero del 2003, y el 1364 del 19 de febrero del mismo año, todos de la Contraloría General de la República).

La razón por la cual la Contraloría impulsó la aprobación de la Ley en estudio obedeció a que en ella se regulan cuestiones directamente relacionadas con una de sus competencias esenciales, como lo es, el control y...

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