Dictamen n° 137 de 25 de Abril de 2008, de Ministerio de la Presidencia
Emisor | Ministerio de la Presidencia |
C-137-2008
25 de abril de 2008
Licenciado Rodrigo Arias Sánchez
Ministro de
S.D.
Estimado señor:
Con la aprobación de la señora Procuradora General de
I. Antecedentes del caso
1. Se nos indica que resulta de sumo interés para la Presidencia de
2. Que en razón de lo anterior, y sobre la base de las facultades que por Ley se confieren al Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), ese Despacho le propuso la iniciativa a dicha entidad para que, en forma conjunta, se analizara la posibilidad de llevar a cabo la construcción de la infraestructura necesaria para tales efectos, con financiamiento del BCIE, en terrenos que inicialmente se identificaron por su idónea ubicación geográfica.
3. Se señala que el Directorio del BCIE, mediante resolución número DI-185/2007 del 25 de junio del 2007, autorizó la participación del Banco como desarrollador, propietario y arrendador de los proyectos destinados a construir un inmueble para
4. Que ambas instituciones se avocaron a la búsqueda del marco legal idóneo, resultando que con fundamento en
5. Se agrega que en la resolución mencionada, el Directorio condicionó los desembolsos para iniciar la consultoría y compras de terrenos para el proyecto, a la obtención del refrendo por parte de
6. Que a la fecha se suscribió un Convenio Marco de Intención, para la ejecución del proyecto denominado “Arrendamiento con Opción de Compra de Inmueble para
7. Entre el clausulado del referido convenio se estipula que el inmueble se construirá en ciertos terrenos actualmente propiedad de
8. Además, el proyecto comprendería no sólo la adquisición de terrenos, la construcción del inmueble y su correspondiente arrendamiento, sino también el equipamiento de mobiliario, cómputo y mantenimiento mayor, durante toda la vigencia del arrendamiento.
9. Se indica que ante solicitud verbal expresa de
10. Por último, se nos reseñan una serie de antecedentes históricos de las fincas en cuestión, manifestándose que los concernidos en cuestión no están afectos por Ley o por el uso a un fin público determinado, y que
II. Aspectos de admisibilidad de la consulta
Vistos los términos de su atento oficio, y en orden a los requisitos de admisibilidad que deben observar las consultas que sean sometidas a nuestro conocimiento (artículos 3 y 4 de nuestra Ley Orgánica, No. 6815 de 27 de setiembre de 1982 y sus reformas) debemos recordar que esta
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba