Dictamen n° 022 de 25 de Febrero de 2013, de Banco Central de Costa Rica

EmisorBanco Central de Costa Rica

25 de febrero de 2013

C-022-2013

Señor

Félix Delgado Quesada

Gerente General

Banco Central de Costa Rica

Estimado señor:

Con la aprobación de la señora Procuradora General de la República, damos respuesta al oficio GER-580-2010 del 12 de noviembre del 2010, suscrito por el Dr. Roger Madrigal López, en ese entonces Gerente a.i. del Banco Central de Costa Rica. Por medio de ese oficio se solicita nuestro criterio sobre el momento en que los aportes patronales a una asociación solidarista deben ser entregados al servidor.

I. ALCANCES DE LA CONSULTA

Nos indica que la duda que genera la consulta se refiere a la procedencia de entregar a un funcionario los aportes que el banco ha realizado a la asociación solidarista en caso de que esa persona sea nombrada en un puesto gerencial (en el propio Banco Central de Costa Rica o en alguno de sus órganos de desconcentración máxima, a saber, Superintendencias General de Valores, General de Entidades Financieras, General de Seguros o la de Pensiones), siendo que ese nuevo puesto no genera derecho a recibir cesantía al finalizar el nombramiento.

Concretamente, la consulta que se nos plantea es la siguiente:

“1)¿Cuando el funcionario deje un puesto de servicio a plazo indefinido y pase inmediatamente dentro de la misma Institución a ocupar un puesto gerencial a plazo fijo dado por ley, es procedente entregarle los aportes que su patrono ha realizado a la Asociación Solidarista, o éstos solo podrán ser retirados por el trabajador hasta que termine en definitiva la relación laboral a plazo determinado?

2) En caso que durante el ejercicio del puesto a tiempo determinado, el funcionario vuelva a incorporarse a un puesto a tiempo indefinido en esta misma Institución u otra del sector público, debe de reintegrar algún monto del aporte patronal que por concepto de cesantía recibió en caso de que la respuesta a la primera interrogante fuere afirmativa?.”

A la consulta se adjuntó el oficio CAJ-P-176-2010 del 29 de octubre del 2010, suscrito por la Licda. MarianneKött Salas, funcionaria del Proceso de Apoyo Jurídico de la Institución. En dicho oficio se evacuaron algunas consultas sobre aspectos varios a considerar en caso de que un funcionario cubierto por la escala regular global del Banco sea nombrado en un puesto de la escala gerencial global.

El criterio legal citado indicó, en lo que interesa, que cuando un funcionario cambie de un puesto de escala regular global a uno de escala gerencial global, no es procedente que se entregue el aporte patronal hecho por el patrono a la asociación solidarista, debido a que ese cambio de puesto no interrumpe la relación laboral entre las partes:

”Esta Asesoría Jurídica considera que con base en las razones indicadas y el principio de interpretación restrictiva en materia de fondos públicos; en un caso como el que se pregunta, aun y cuando el funcionario cambie de un puesto de Escala Regular Global a uno de Escala Gerencial Global –que no es susceptible de generar auxilio de cesantía por ser un puesto de tiempo determinado−, al mantenerse la relación laboral entre las partes, tal y como se indicó en la primer respuesta, no es procedente que se entregue ese dinero al funcionario, pues no se estaría configurando el requisito necesario para entregar el auxilio de cesantía, que es la extinción de la relación laboral.

Según la nueva línea jurisprudencial de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, si bien esos aportes son propiedad del trabajador desde que fueron trasladados a la Asociación Solidarista; no le pueden ser entregados, mientras la relación laboral se mantenga. A contrario sensu, aunque esos dineros sean propiedad del funcionario, su entrega únicamente es procedente en el momento que termine su relación laboral con la Institución.

Asimismo, es importante indicar que actualmente son inciertas las razones por las que un funcionario en esas condiciones pueda terminar su relación laboral con la Institución; siendo que incluso se podría pensar que una vez que termine su período de nombramiento en la plaza de Escala Gerencial Global a la que va a pasar, podría tener la oportunidad de re-incorporarse a la...

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