Dictamen n° 275 de 02 de Diciembre de 2013, de Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social

02 de diciembre de 2013

C-275-2013

Ph.D

Olman Segura Bonilla

Ministro

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Estimado señor:

Con la aprobación de la señora Procuradora General de la Republica, nos referimos al oficio DMT-419-2013, de fecha 8 de abril de 2013, por el que nos remite copia fotostática del oficio DAJ-AIR-056-2013, mediante el cual la Dirección de Asuntos Jurídicos de ese Ministerio emitió criterio legal sobre lo requerido por la Contraloría General de la República en su informe DFOE-EC-IF-17-2012, disposición 4.28, relativo al fundamento legal bajo el cual se otorgaron derechos pensionales de traspaso -entiéndase por concepto de sobrevivencia- en el período 1999 al 2004; esto con la expresa finalidad de que valoremos si aquel criterio se encuentra en estricto apego al bloque de legalidad administrativa.

Desde ya advertimos que lastimosamente no podremos atender la presente gestión consultiva, ya que existen amplias y fundamentadas razones que nos impiden verte pronunciamiento en cuanto al fondo de su consulta; lo cual, de seguido explicaremos.

Tal y como lo hemos reafirmado, el ámbito de nuestra competencia consultiva se enmarca dentro de los presupuestos que vienen contenidos en la gestión formulada por la Administración consultante. Ello implica que debamos analizar el objeto de la consulta tal y como nos viene formulada, para precisar así el alcance de la misma, como muestra de la decisión sopesada, seria y concienzuda de someter formalmente determinado tema a conocimiento de este órgano asesor.

Ahora bien, analizado con detenimiento el objeto de su gestión podemos afirmar que al menos un doble orden de situaciones convergen en el presente caso para impedir, en principio, que ejerzamos nuestra función consultiva vinculante con respecto de las preguntas formuladas en su consulta: Por un lado, si bien en apariencia ha sido planteada en términos generales y abstractos por la Administración consultante, no podemos desconocer, por su indirecta alusión, la existencia de asuntos concretos pendientes de resolución en sede administrativa ante requerimientos expresos de la Contraloría General de la República (DFOE-EC-IF-17-2012, de 21 de diciembre de 2012, relativo a Auditoría Financiera realizada en la Dirección Nacional de Pensiones (DNP) del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del ejercicio económico 2011). Por otro lado, implícitamente se nos está pidiendo una valoración sobre informes emitidos por...

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