Dictamen n° 191 de 01 de Agosto de 2002, de Municipalidad de Nicoya
Emisor | Municipalidad de Nicoya |
C-191-2002
1° de agosto del 2002
Señores
Concejo Municipal de Nicoya
Guanacaste
Estimados señores:
Con aprobación del señor Procurador General Adjunto, me refiero a Oficio de 17 de julio del 2002, recibido vía fax el 22 de julio del mismo año, suscrito por
I.-
CONCEPTO DE OCUPANTES Y POBLADORES ENSobre las figuras de los ocupantes y pobladores en la zona marítimo terrestre, ya esta Procuraduría se manifestó en el dictamen No. C-157-95 de 7 de julio de 1995 en los siguientes términos:
"II.-
Al promulgarse
La propiedad privada legítimamente adquirida se sigue reconociendo (artículo 6º), aunque es declarada de utilidad pública para efectos de expropiación (artículo 8º).
En lo que toca a los contratos de arrendamiento otorgados con anterioridad a
Ahora bien, estatuye el numeral 44 de
"Artículo 44.-
Las concesiones se otorgarán atendiendo al principio de que el primero en tiempo es primero en derecho. Sin embargo, el reglamento de esta ley podrá establecer un orden de prioridades atendiendo a la naturaleza de la explotación y a la mayor conveniencia pública de ésta; pero en igualdad de condiciones se ha de preferir al ocupante del terreno que la haya poseído quieta, pública y pacíficamente en forma continua."La figura del ocupante, mencionada en este artículo, ha sido objeto de variadas interpretaciones que, al no estar ajustadas armónicamente al conjunto de
En forma negativa, podríamos decir que los ocupantes jamás podrían confundirse con propietarios, ya que éstos, obviamente, no necesitan de una concesión para usar los terreno sujetos a dominio, bastándoles los atributos propios de su régimen.
Tampoco se trata de precedentes arrendatarios, por cuanto, como se indicó, éstos se encuentran regidos por los Transitorios I y II de
Mucho menos debería confundírseles con personas que se introdujeron en la zona marítimo terrestre de manera clandestina con posterioridad a
Siendo así, sólo cabe pensar que los citados ocupantes están referidos a todas aquellas personas que, ubicados en la zona marítimo terrestre, no contaban con un contrato de arrendamiento al momento de dictarse
Aunque pudiera parecer extraño, ésta no es la única disposición en que
Asimismo, se creó también la figura del poblador, muy...
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