Dictamen n° 228 de 13 de Noviembre de 1987, de Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
Emisor | Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados |
C-228-87
San José, 13 de noviembre de 1987.
Señor
Lic. Ronald Solano Pérez
Jefe Departamento de Aguas y
Dirección Jurídica
Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados
Estimado señor:
Con la aprobación del señor Procurador General de
Sobre el particular nos permitimos manifestarle lo siguiente:
Dispone el artículo 38 inciso 12) de
“Se autoriza al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, a donar al Estado, a través del Ministerio de Agricultura y Ganadería, el área que ocupa
Por otra parte el artículo 62 de
“Se autoriza a las instituciones y poderes del Estado para que otorguen donaciones a favor del Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica, y para que éste las reciba de ellas, así como de otras personas e instituciones privadas, nacionales, internacionales o extranjeras, por cualquier suma o concepto”.
La primera norma transcrita tiene por objetivo la donación del área que consigna el plano catastrado que menciona, menos las áreas de bosque. Supongamos que en los planos que se adjuntan “sin catastrar”, números C-03-04-001 y C-03-04-002, se está excluyendo el área destinada a bosque. Ahora bien, se requiere que ambos planos sean debidamente inscritos en el Catastro Nacional y en cuanto al segundo, resulta doble advertir, que la medida total consignada (
De igual forma, se...
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