Dictamen n° 413 de 13 de Octubre de 2006, de Municipalidad de Cartago
Emisor | Municipalidad de Cartago |
C-413-2006
13 de octubre de 2006
Señor
Bernardo Portuguez Calderón
Secretario del Concejo Municipal
Municipalidad de Cartago
Presente
Estimado señor:
Con la aprobación de
“ARTÍCULO 46°.-
CONSULTA RECURSO DE NULIDAD.- Se conoce moción presentada por las y los regidores Rodríguez Calderón, Sanabria Araya, Hernández Hernández, Cornejo Ramírez, Víquez Víquez, Hernández Cerdas, Monge Ariño y Acevedo Trejos, que dice: “Moción: Para que este Concejo Municipal acuerde: Para que el recurso de nulidad interpuesto por las y los regidores de la fracción del Partido Acción Ciudadana, contra el artículo 2 del Acta 23-06, del 22 de agosto del 2006, sea consultado, por el fondo, a
Con vista en lo anterior, pasamos a exponer los motivos que nos impiden emitir el criterio solicitado.
I. Incumplimiento de requisitos de admisibilidad de la consulta
Este Órgano Asesor, en virtud del texto de nuestra Ley Orgánica, ha desarrollado los requisitos mínimos de admisibilidad de las consultas, los cuales deben ser revisados antes de entrar a analizar el fondo de la consulta planteada.
Concretamente, en los artículos 1 y 3 inciso b), se establece claramente la naturaleza jurídica y las funciones, de este Órgano asesor.
En ese sentido, transcribimos los artículos citados:
“Artículo 1.-
Naturaleza jurídica
“Artículo 3. Atribuciones
Son atribuciones de
b) Dar informe, dictámenes, pronunciamientos y asesoramiento que, acerca de cuestiones jurídicas, le soliciten el Estado, los entes descentralizados, los demás organismos públicos y las empresas estatales. (...)”.
Viene de lo anterior...
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