Dictamen n° 099 de 02 de Abril de 2007, de Municipalidad de Aguirre
Emisor | Municipalidad de Aguirre |
C-099-2007
02 de abril de 2007
Lic. Gilberth Quirós Solano
Auditor Interno
Municipalidad de Aguirre
Estimado señor:
Con aprobación de la señora Procuradora General de
Cabe recordar que los islotes, peñascos y demás áreas pequeñas y formaciones naturales que salen del mar corresponden igualmente a la zona pública (Ley 6043, artículo 10, párrafo 2°).
En la hoja cartográfica Quepos, segunda edición, actualizada con fotografías aéreas de 1974, los terrenos en mención ya aparecen unidos al continente, muy seguramente por un relleno realizado por la obra humana, que debió acontecer con posterioridad al 21 de febrero de 1957 y antes de finalizar 1974.
En cualquiera de los supuestos que consideremos a los terrenos del paradero turístico Nahomí (p lano catastrado P-592954-1985, con una cabida de
El 23 de marzo recién pasado visitamos los terrenos donde aún se observan las estructuras que conformaron el paradero turístico Nahomí. Por sus rumbos sur, noreste y este es fácil apreciar la majestuosidad del paisaje marino costero, con el perenne flujo y reflujo del mar, el cual debieron haber disfrutado tiempo atrás los miembros de la tribu del cacique Cochira ( [1]), habitantes de la zona según las primeras crónicas coloniales de entre 1519 y 1522. Los cercanos farallones costeros son llamados en 1684 por Fernando Mehedano Saavedra y Córdova: “Queypo” ( [2] ) .
Recuérdese que la belleza escénica de los litorales o paisaje costero, es un...
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