Resolución

Fecha de publicación13 Noviembre 2019
Número de registroIN2019403588
EmisorINSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

REGLAMENTO PARA LA COMPRA DE TIQUETES

AÉREOS AL EXTERIOR DEL INSTITUTO

DEL CAFÉ DE COSTA RICA

Considerandos:

1º—Que, de manera frecuente, el ICAFE para dar cumplimiento a la obligación conferida en el artículo 2 de la Ley 2762 y con ello mantener su presencia en las ferias internacionales de promoción para el café de Costa Rica y eventos de transferencia de tecnología y capacitación técnica fuera del país, recurre actualmente a la compra de tiquetes aéreos por los procedimientos ordinarios de contratación.

2º—Que en virtud de lo que establece el artículo 45 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, las instituciones públicas se encuentran facultadas para adquirir tiquetes aéreos de manera directa a la línea aérea.

3º—Que la compra de tiquetes aéreos se ve afectada por variables que la administración no controla tales como la oferta y la demanda. Es por ello que se requiere de una mayor flexibilidad para la adquisición directa de los tiquetes aéreos que disminuya el impacto en la especulación a causa de esas variables.

4º—Que es de interés del ICAFE contar con un procedimiento ágil, eficiente y económico, que garantice el uso de los recursos públicos para la satisfacción del interés general a saber el mercadeo para la calidad y prestigio del café de Costa Rica, así como la labor de implementación y desarrollo de nuevas tecnologías para dar sostenibilidad a la actividad cafetalera nacional.

Que es necesario emitir el presente Reglamento el cual establece las pautas del procedimiento alternativo para la compra de tiquetes aéreos al exterior del Instituto del Café de Costa Rica

Título preliminar

CAPÍTULO 1

Artículo 1º—El presente Reglamento, en concordancia con las normas legales que lo sustentan, tiene por finalidad regular la compra de tiquetes aéreos al exterior de manera directa con aerolíneas, en aras de contar con un procedimiento ágil, eficiente y económico, que garantice el uso de los recursos públicos para la satisfacción del interés general.

Artículo 2º—Para efectos de este reglamento se entenderá por:

Acta de comisión de compras: Documento formal que registra las actuaciones de la Comisión de Compras de Tiquetes Aéreos para viajes al exterior en adelante (Comisión CTA). Esta acta debe ser firmada por todos los miembros de la Comisión. Para ello debe crearse un libro de actas debidamente foliado y con su debido consecutivo autorizado por la Auditoría Interna.

Autoridad Superior Administrativa: Se entiende como el Director Ejecutivo, funcionario administrativo de mayor rango en el ICAFE.

Constancia Presupuestaria: Documento de carácter financiero que evidencia la existencia de contenido presupuestario para dar inicio al trámite de contratación.

Comisión de Compras de Tiquetes Aéreos para viajes al exterior (Comisión CTA): Órgano nombrado por la Dirección Ejecutiva del ICAFE, el cual estará integrado por la Dirección Ejecutiva, la jefatura de Contratación Administrativa, y la jefatura de Asuntos Jurídicos, será la encargada de buscar la mejor opción de compra del tiquete de viaje al exterior, según lo autorizado mediante acuerdo de Junta Directiva o resolución de la Dirección Ejecutiva según corresponda. En ausencia de alguno de los miembros, estos podrán ser sustituidos por personal subordinado perteneciente a las mismas dependencias, para esto, bastara la delegación expresa, por medio de correo electrónico a la Unidad de Contratación Administrativa.

Dirección Ejecutivo: Dependencia adscrita a la Junta Directiva a cargo del Director Ejecutivo.

Eventos Internacionales: Participación de funcionarios del ICAFE en eventos relacionados con la promoción, divulgación del Café de Costa Rica, reuniones con organismos internacionales, giras técnicas, capacitación internacional y cualquier otro evento de interés del sector cafetalero autorizado por la Junta Directiva.

Jerarca: Junta Directiva del ICAFE quien ejerce la máxima autoridad en el ICAFE.

Junta Directiva: Superior Jerárquico de la Institución conformado por el Órgano Colegiado del ICAFE.

Líneas Aéreas: Empresa aérea dedicada al transporte de pasajeros o carga por avión.

Portales de Internet: Plataforma tecnológica que suple de manera directa tiquetes aéreos para viajes al exterior de las distintas aerolíneas.

Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República: Establece las disposiciones generales a que deberán someterse las erogaciones que, por concepto de gastos de viaje y de transporte, deban realizar los funcionarios o empleados del Estado y de las instituciones y empresas públicas o estatales, en adelante entes públicos, cualquiera que sea la naturaleza jurídica de éstas, según lo disponen la ley 3462 del 26 de noviembre de 1964.

Tiempo de vuelo: Tiempo total transcurrido desde que la aeronave comienza a moverse por su propia fuerza con el objeto de despegar hasta que se detiene al finalizar el vuelo.

Tiquetes Aéreos: Es el boleto interlineal estándar para pasajeros. Esta forma la expende la aerolínea, para cubrir el itinerario del cliente e indicar su status. El boleto es un contrato entre el cliente y la aerolínea. Se le denomina...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR