DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Fecha de publicación21 Noviembre 2019
Número de registroIN2019407025
EmisorHACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

RES-DGA-420-2019.—Dirección General de Aduanas.—San José, a las quince horas y cincuenta minutos del día seis de noviembre de dos mil diecinueve.

Procede esta Dirección a emitir Adición y Corrección a la resolución RES-DGA-396-2019 de las once horas con veinticinco minutos, del veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve referente a modificación del Procedimiento de Depósito.

Resultando:

1º—Que mediante resolución RES-AUT-DGA-396-2019 de las once horas con veinticinco minutos, del veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve, atendiendo los cambios hechos en el Sistema TICA mediante requerimiento 036-2014, fue publicada mediante Diario Oficial La Gaceta 208 de fecha primero de noviembre del 2019 la modificación del Procedimiento de Depósito.

2º—Que la hora y fecha consignada en el encabezado de la resolución RES-AUT-DGA-396-2019 de las once horas con veinticinco minutos, es incorrecta.

3º—Que, en la parte dispositiva de la resolución de cita en el apartado V. Faltantes y Sobrantes, sección A. Actuaciones del Depositario, del Consolidador de Carga y del Transportista, política 3°), línea 4 se omitió indicar la frase mercancía de distinta naturaleza.

4º—Que, en el mismo apartado V. Faltantes y Sobrantes, sección A. Actuaciones del Depositario, del Consolidador de Carga y del Transportista, política 5°) línea quinta de la parte dispositiva se omitió indicar la frase mercancía de distinta naturaleza.

5º—Que, en el apartado I. Políticas Generales de la parte dispositiva de la resolución de cita, se omitió incluir la política 10.

Considerando:

En razón de que en resolución RES-DGA-396-2019 de las once horas con veinticinco minutos del veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve, se consigna en el encabezado de la misma en forma errónea hora y fecha; y en los apartados V. Faltantes y Sobrantes, sección A. Actuaciones del Depositario, del Consolidador de Carga y del Transportista, política 3°), línea 4 se omitió indicar la frase “mercancía de distinta naturaleza”, de igual manera en el apartado V. Faltantes y Sobrantes, sección A. Actuaciones del Depositario, del Consolidador de Carga y del Transportista, política 5°) línea quinta de la parte dispositiva, se omitió indicar la frase “mercancía de distinta naturaleza”; asimismo en el apartado I. Políticas Generales de la parte dispositiva de la resolución de cita, se omitió incluir la política 10°). Con fundamento en el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública que permite adicionar, aclarar y corregir los errores materiales involuntarios de la Administración, se procede a corregir y adicionar la resolución RES-AUT-DGA-396-2019 de las once...

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