Reforma Directrices Generales de Política Presupuestaria para las Entidades Públicas, Ministerios y demás Órganos, según corresponda, cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, para el año 2012, de 6 de Septiembre de 2011

EmisorPoder Ejecutivo

° .36755-H LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA En uso de las facultades conferidas en los artículos 140, incisos 3) y 18), y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, inciso 1), 27 inciso 1), y 28 inciso 2),

acápite b) de la Ley No. 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978 y sus reformas; los artículos , , 21, 23, 24 y 25 de la Ley No. 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos del 18 de setiembre de 2001, sus reformas y su Reglamento, el Decreto Ejecutivo No. 32988-H-MP-PLAN del 31 de enero de 2006 y sus reformas, y el Decreto Ejecutivo No. 36488-H del 8 de marzo de 2011, Directrices Generales de Política Presupuestaria para las Entidades Públicas, Ministerios y demás Órganos según corresponda, cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, para el año 2012.

Considerando:

  1. —Que la Autoridad Presupuestaria (AP) de conformidad con los artículos 1º, 9º, 21, 23,

    24 y 25 de la Ley No. 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta No. 198 del 16 de octubre de 2001, sus reformas y su Reglamento, el Decreto Ejecutivo No. 32988-H-MP-PLAN,

    publicado en La Gaceta No.74 del 18 de abril de 2006 y sus reformas, está

    facultada para formular las Directrices Generales de Política Presupuestaria para las entidades públicas, ministerios y demás órganos, cubiertos por su ámbito.

  2. —Que mediante el Decreto Ejecutivo No.36488-H, publicado en el Alcance Digital No.18 a La Gaceta No.58 del 23 de marzo de 2011, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para las entidades públicas, ministerios y demás órganos, cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, para el año 2012.

  3. —Que es necesario modificar el Decreto Ejecutivo No. 36488-H antes citado, con el fin de adecuarlo a la normativa existente y a las condiciones económicas imperantes en el país.

  4. —Que en nuestra legislación existen mecanismos de contratación de bienes y servicios,

    que pueden ser utilizados por la Administración Pública, y que contribuyen con el uso racional de los recursos.

  5. —Que la AP formuló y aprobó la presente modificación a las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el año 2012, mediante el Acuerdo No. 9437, tomado en la sesión ordinaria No. 09-2011, celebrada el 5 de setiembre de 2011.

    (Corregido el considerando anterior mediante Fe de Erratas y publicada en La Gaceta N°...

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