Domicilio fiscal

Abogado Indica el Código Normas y Procedimientos Tributarios que los contribuyentes deberán mantener sus registros contables en el domicilio fiscal o en el lugar que expresamente les autorice la Administración Tributaria, sin perjuicio de que puedan tener sus bases de datos y sistemas en sitios de almacenamiento remotos, siempre y cuando su acceso sea posible para efectos de fiscalización. De allí surge la pregunta en relación con lo que se considera es el domicilio fiscal.En términos generales, el domicilio fiscal es el lugar de localización de los sujetos pasivos, en sus relaciones con la Administración Tributaria.Debe aclararse que, cuando exista un procedimiento administrativo, el contribuyente puede señalar un lugar para notificaciones diferente del domicilio fiscal, pero esto únicamente para los fines de ese proceso, sin que ello signifique un cambio de domicilio fiscal.En forma específica, la ley enuncia que el domicilio fiscal para las personas físicas es el lugar donde tengan su residencia habitual. No obstante, para las personas físicas que desarrollen principalmente actividades económicas, la Administración Tributaria podrá considerar como domicilio fiscal el lugar donde esté...

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